Primicia: Corte Suprema niega nulidad y deja en firme juicio contra Álvaro Prada
15 Mayo 2024

Primicia: Corte Suprema niega nulidad y deja en firme juicio contra Álvaro Prada

Álvaro Hernán Prada, magistrado del CNE.

Crédito: Colprensa.

La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia negó las peticiones de nulidad que presentaron tanto la Procuraduría como la defensa del magistrado del Consejo Nacional Electoral y ordenó múltiples pruebas testimoniales y documentales. Le contamos.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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CAMBIO conoció que la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme el juicio en contra del exrepresentante a la Cámara y actual magistrado del Consejo Nacional Electoral Álvaro Hernán Prada Artunduaga por el delito de soborno a testigos, en calidad de cómplice, en el mismo caso que involucra al expresidente Álvaro Uribe Vélez.

El alto tribunal negó las peticiones de la defensa de Prada y de la Procuraduría General que pedían anular el juicio, argumentando que la Corte Suprema no es la competente para procesarlo porque Prada renunció a su fuero de congresista.

En decisión conocida en primicia por CAMBIO, la Sala de Primera Instancia ratificó que el alto tribunal sí es competente porque el soborno que se investiga sí está relacionado tanto con su rol de representante a la Cámara como con el liderazgo político que conlleva este puesto: se cuestiona que Prada, por orden de Uribe Vélez, buscó a Carlos López, conocido como Caliche, para presionar al testigo Juan Guillermo Monsalve Pineda y buscar que este se retractara de haber señalado al expresidente de tener nexos con paramilitares.

"Se tiene que entre los días 20 y 24 de febrero de 2018, el procesado contactó a Carlos López Callejas para que por su intermedio se comunicara con Juan Guillermo Monsalve Pineda, con el fin de que se retractara de las manifestaciones hechas en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez y la atribuyera a una manipulación hecha por el senador Iván Cepeda Castro", dice la Sala.

"El comportamiento tuvo lugar en un contexto prelectoral, de tal suerte que, si se considera la posición política reconocida al acusado en el departamento del Huila, tanto como presidente del Centro Democrático como representante a la Cámara, no resulta aceptable afirmar o sugerir siquiera que la conducta investigada es ajena a sus funciones, ya que fue precisamente debido a su cargo en el Congreso de la República que presuntamente interactuó con López Callejas con el propósito de beneficiar procesalmente a los hermanos Uribe Vélez", dijo la Corte.

Es decir, no se puede alegar que la renuncia al Congreso implicaba que la Fiscalía debía seguir el caso, porque a pesar de ella, los hechos que se investigan y que remontan a 2018 están ligados al liderazgo derivado de ser congresista y porque Prada, según la acusación, habría buscado con ello fortalecer su posición política. Por eso, es la Corte Suprema de Justicia la que debe ahora seguir el juicio en el que se escucharán a múltiples testigos y Prada podrá defenderse de las alegaciones en su contra.

"La Sala observa que incluso la condición de representante a la Cámara fue transmitida a Monsalve Pineda por medio de López Callejas, para aumentar la credibilidad sobre el origen del requerimiento y persuadirlo sobre la seriedad de las promesas realizadas a Juan Guillermo Monsalve, las cuales incluían la posibilidad de acceder a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y mejorar sus condiciones de reclusión, obviamente no sin ánimo desinteresado, sino con la finalidad de demostrar su fidelidad al jefe político del partido, robustecer el posicionamiento político de este en la región y obtener a cambio el respaldo de uno y otro para ser reelegido como congresista, según era su aspiración en esos momentos", enfatizó la Sala.

De otro lado, la Sala dijo que si bien Prada actualmente es magistrado del Consejo Nacional Electoral y estos tienen un fuero diferente a los congresistas, "el fuero constitucional a cuyo amparo se produjo la resolución de acusación permanece indemne". En palabras sencillas, lo que dice la Corte es que prima el fuero que tenía Prada cuando se produjeron los hechos que se cuestionan y por eso puede seguir el juicio.

Las pruebas que se ordenaron

En este caso se tienen como pruebas los chats y mensajes de audio que Carlos López le envió a Juan Guillermo Monsalve en prisión en esa semana de febrero de 2018 en los que decía que fue buscado de "parte del ex", en referencia a Álvaro Uribe, para pedir la retractación. López dijo que Prada era amigo suyo y señaló que en un encuentro que tuvieron este le puso al teléfono y en alta voz a "el viejo", en referencia al expresidente. 

De eso han declarado ampliamente López, Rodrigo Vidal y Mauricio Marroquín. Prada y Uribe dicen que ese episodio no ocurrió así, que no fue en altavoz y que el exmandatario solo dijo que debía aclararse todo. La Sala de Instrucción que acusó a Prada le dio credibilidad a los mensajes originales y desechó esa postura. La defensa de Prada pidió que en juicio sean escuchadas varias personas para que cuenten cómo fueron las charlas como López y lo que pasó en esa llamada y propuso como testigos a John Edison Ríos Guzmán, Jaison Quintero Lazo, Javier Rocha Durán, Paola Perdomo, Alejandra Vargas, Gina Paola Bahamón, Paola Pineda y Milton Pérez.

La Sala dijo que solo dos de ellos serán escuchados y que la defensa podrá escoger quienes. También accedió a ampliar el testimonio de María Claudia 'Caya' Daza, exintegrante de la UTL de Álvaro Uribe: "Dicha testigo podrá ilustrar a la Sala, si por la época de los hechos investigados tuvo comunicación con Rodrigo Vidal, con Carlos Eduardo López o con Álvaro Hernán Prada; el contenido de dichas conversaciones y si se trata o no de la persona mencionada en la interceptación de la comunicación realizada a Carlos Eduardo López".

Igualmente, fue llamado a declarar a Rodrigo Vidal Perdomo "para establecer si le consta o no que alguien del entorno de exsenador Álvaro Uribe Vélez hubiese mencionado el nombre de Prada como delegado para entrevistarse con Carlos Eduardo López y dialogar sobre la presunta retractación de Juan Guillermo Monsalve de sus declaraciones contra los hermanos Uribe Vélez.

Igualmente, la Sala ordenó a López que entregue los mensajes de Messenger entre él y alias Andresito con el que habría hablado de supuestas presiones a Monsalve, y otros registros que el propio Caliche dijo que podía aportar a la justicia. Aunque ya están en el proceso, la Corte le pidió a López que, si todavía los tiene, entregue los mensajes de voz y de texto intercambiados entre él y Juan Guillermo Monsalve por WhatsApp.

Como prueba documental en este proceso se tendrá igualmente la impresión del tweet publicado por el exsenador Álvaro Uribe Vélez el 19 de febrero de 2018 a las 12:08 p.m., en el que convoca a personas privadas de la libertad a denunciar manipulaciones por parte del senador Iván Cépeda.

De otro lado, la Corte accedió a varias peticiones probatorias que hizo la Procuraduría que incluyen, por ejemplo, incluir en este caso una entrevista que brindó Juan Guillermo Monsalve Pineda a Iván Cepeda Castro, el 16 de septiembre de 2011 en la que este declaró acerca de la existencia de grupos paramilitares en la hacienda Las Guacharacas, en los que estaban presuntamente involucrados los hermanos Santiago y Álvaro Uribe Vélez.

La Corte negó otras pruebas que había pedido la defensa de Prada como que se entregaran todos los mensajes de texto y de voz de la plataforma WhatsApp intercambiados entre el 19 y 24 de febrero de 2018 entre Monsalve y Cepeda al estimar que allí hay información privada y que las que ya están en el proceso son el centro de lo que se investiga.

Tampoco se accedió a hacerle un examen psiquiátrico a López, como quería la defensa de Prada, al indicar que no es conducente y, por tanto, ilegal. Y no se accedió a una serie de pruebas documentales que se habían pedido alrededor de la finca que en el pasado perteneció a la familia Uribe, ni a testimonios de antiguos empleados de esa finca, ya que no tienen que ver con este proceso.

Procuraduría insiste en que la Corte no es competente

El procurador delegado Bladimir Cuadro apeló en audiencia esta decisión, insistiendo en que la Corte ya no es competente para procesar a Prada y volvió a pedir que sean decretadas como pruebas los testimonios del hermano, el padre y la madre de Monsalve que trabajó en la finca Guacharacas, alegando que este podría indicar que el testigo sí quiso retractarse. Cabe precisar, no obstante, que acá no se investiga si los dichos de Monsalve sobre los hermanos Uribe Vélez son ciertos o no, ya que esa investigación está en la Fiscalía y en ese proceso el expresidente ya fue escuchado en versión libre.

El abogado José Fernando Mestre, quien representa los intereses de Prada, insistió en la diligencia judicial en que la Corte Suprema no puede procesarlo porque Prada no fue presidente del Centro Democrático en el Huila ni actuó buscando fortalecer su liderazgo político, como alegó la Sala en la decisión. "Prada jamás desvió ni abusó de su función de representante a la Cámara", apuntó el abogado.

"Todos estos hechos ocurrieron en época preelectoral, pero esa condición que no se niega, tiene una consecuencia: las elecciones estaban previstas para marzo. En ese momento el liderazgo estaba consolidada, no en consolidación, era el primer renglón de la lista cerrada para la Cámara. No necesitaba congraciarse con nadie", agregó al reiterar que, en su criterio, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema no tenía competencia para acusar a Prada por lo que volvió a pedir que se anule todo lo actuado y el proceso se remita a la Fiscalía General de la Nación.

Además, la defensa de Prada busca desacreditar a Carlos López buscando que peritos expertos determinen si padece de algún trastorno. "Es una persona que se manifiesta permanentemente por fuera de la realidad. ¿Lo que él decía tenía origen en la realidad o en la fantasía?", dijo.

El abogado Reynaldo Villalba, quien representa al senador Iván Cepeda, pidió a la Corte mantener su decisión y dijo que Prada sí se "aprovechó ese liderazgo político", en el desempeño del cargo del Congreso y a raíz de sus funciones, para lograr la retractación de Monsalve y se opuso las pretensiones de la Procuraduría y de la defensa del actual magistrado del CNE. También dijo que el hecho que Prada no haya sido presidente del Centro Democrático en el Huila no es relevante porque él tenía una base sólida en el departamento y era un integrante reconocido de ese partido.

Además, reseñó que Prada hizo una columna en un diario local en Huila para "conseguir testigos", lo cual indica que su participación en el caso no fue una casualidad, sino una delegación clara para buscar a López. "No fue sólo para conseguir testigos, sino para tratar de comunistas a la Corte Suprema y para desacreditar a Iván Cepeda. De hecho, las personas que contactan se califican grandes admiradores de Álvaro Uribe y del congresista Prada".

Sobre el argumento de la defensa de Prada de que no se han entregado al proceso todos los chats entre la Monsalve y Cepeda, el abogado Villalba dijo que todas las conversaciones fueron aportadas en su momento, tal y como lo advirtió la Sala de Instrucción. Villalba, además, dijo que el anterior abogado de Prada denunció a Cepeda por supuesto ocultamiento de pruebas y contó que esa denuncia ya fue archivada por la Corte Suprema, por lo cual le "llama la atención" de que ahora se insista nuevamente en un hecho superado.

 

 

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