
El Fenoge es el Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía, una entidad adscrita al Ministerio de Minas y Energía. Su director, muy cercano al ministro Edwin Palma, es Brayan Giraldo Ruiz, un ingeniero en higiene y seguridad industrial con una maestría en administración pública que, según su hoja de vida, no tiene experiencia en “eficiencia energética y el uso de Fuentes No Convencionales de Energía en el país”, que es la función del fondo. Giraldo, hasta que llegó a dirigir el Fenoge, era un contratista de entidades públicas en Barrancabermeja. Esta semana que pasó, Giraldo Ruiz decidió, a pesar de los conceptos de sus técnicos financieros y jurídicos, seguir adelante con una invitación abierta por 165.000 millones de pesos para el programa Colombia Solar.
La controversia comenzó cuando Giraldo propuso que los oferentes a la invitación abierta recibieran puntaje adicional si contaban con un cupo de crédito previamente aprobado por una entidad financiera. La lógica era sencilla y, hasta cierto punto, comprensible: quien tuviera mayor respaldo bancario tendría más facilidad para importar paneles solares y ejecutar el contrato. Pero esa justificación se empezó a desmoronar cuando llegó a las áreas encargadas de revisar esa propuesta -que además estaba fuera de tiempo en el proceso- de incluir el cupo crédito como indicador de evaluación. Primero fue la Subdirección Financiera, que advirtió que un cambio de esa naturaleza debía estar respaldado por un estudio de mercado y, además, que el proceso ya contaba con suficientes indicadores para medir la capacidad financiera de los proponentes.
Luego, el 7 de julio, llegó el concepto jurídico. Señaló que introducir ese criterio solo sería posible si existía una justificación técnica y económica realmente excepcional y, sobre todo, si no terminaba convirtiéndose en una barrera para la competencia o en una doble evaluación de la misma capacidad financiera. Hay que recordar que si bien el Fenoge se rige bajo las normas del derecho privado, eso no le excluye la responsabilidad de tener que cumplir los criterios de transparencia de la contratación pública. Finalmente, el 9 de julio, la revisión técnica fue aún más contundente. Concluyó que no existía evidencia de que un mayor cupo de crédito produjera mejores ofertas o garantizara una ejecución superior del contrato. Tampoco, y esto es clave, encontró antecedentes de procesos similares que calificaran las propuestas utilizando ese criterio del cupo crédito. (Acá pueden ver los conceptos técnicos y jurídicos).
Todas estas advertencias, que no son vinculantes, fueron enviadas al director Giraldo, que insistía en incluir ese criterio a pesar de los conceptos técnicos de su propia entidad. Lo realmente inquietante llegó después. Según la información conocida por este columnista, Giraldo decidió modificar unilateralmente las condiciones del proceso, sin tener en cuenta los conceptos, al tiempo que pedía la renuncia a los contratistas que no estuvieron de acuerdo con los cambios en los criterios de evaluación. Luego ocurrió algo aún más llamativo: les fue retirado el acceso a la red interna de la entidad y a la plataforma SECOP. Incluso existe un reporte interno en el que un funcionario deja constancia de que, el día en que debía publicarse información del proceso, ya no aparecían los permisos de acceso al sistema para realizar esa tarea. El director Giraldo, contra viento y marea, decidió entonces subir él la invitación abierta el SECOP, incluyendo el criterio discutido arriba, mientras bloqueaba el acceso a los contratistas de la entidad.
No sé si la decisión final del proceso de contratación sea legal o ilegal. Eso deberán establecerlo los organismos de control. Lo que sí sé es que una entidad pública pierde cuando convierte los conceptos técnicos en simples obstáculos administrativos y en ataques que deben removerse para ejecutar una decisión que, por lo que parece, busca ayudarle a alguno de los oferentes que llegue al proceso. Si los conceptos jurídicos, financieros y técnicos solo sirven mientras respaldan la posición del jefe, ¿para qué seguir pidiéndolos? El plazo para entregar papeles por parte de los oferentes es el 15 de este mes. La Procuraduría debería actuar sobre el proceso, pidiendo por ejemplo que, preventivamente, se detenga su contratación a través del SECOP.
Hay razones de sobra para investigar a quién estaban tratando de favorecer con estos cambios a última hora.
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