Diana Navarro, una vida trágica
Cómo cambiar de sexo y no morir en el intento
El exsenador Antonio Sanguino le escribe en CAMBIO un homenaje a Diana Navarro, transgénero, activista y líder de las causas de la población LGBTIQ+, fallecida el 22 de agosto de 2022.
Por: Antonio Sanguino
Me ocurrió en el año 2007, cuando hice campaña al Concejo de Bogotá por el Polo Democrático Alternativo. En aquella época presencié el drama de una persona que quería ser reconocida política y civilmente con otro sexo. Pero no pudo hacerlo porque la ley no se lo permitió.
Era mi fórmula a la Junta Administradora Local de Los Mártires, en el centro de la capital, donde Diana, al tiempo que ejercía la prostitución, se destacaba por su valiente liderazgo a favor de los derechos de la población LGBTIQ+.
Ella se ‘quemó’, entre otras razones, porque mientras la publicidad que compartíamos tenía su foto, su nombre y su identidad transgénero, en el tarjetón aparecía su nombre de pila, un nombre de varón. Sus electores, cuando llegaron a la mesa de votación, no encontraron el nombre de Diana Navarro, como era conocida, como le gustaba que la llamaran, el nombre con el que recorrió los barrios y las esquinas de la localidad haciendo campaña. No sabían que debían votar por Wílliam Enrique Navarro San Juan, como estaba registrada en el tarjetón.
Pero Diana, “negra, marica y puta,” como se reivindicaba ella en su lucha inquebrantable contra la exclusión, no desfalleció en su obsesión por encontrar un lugar en la política. Fue elegida en el 2016 en la dirección nacional de su partido de izquierda, donde lideró la expresión de la población LGBTIQ+.
Este jueves, 22 de agosto, Diana Navarro cumplirá dos años de fallecida. Murió contenta porque con su participación, la población y las causas que lideró, obtuvieron enormes conquistas en la sociedad colombiana.
El drama que padeció en 2007 y durante la mayor parte de su vida, ya era evitable. Largas y duras batallas sociales, políticas y jurídicas fueron libradas para superar discriminaciones, exclusiones y violencias de todo tipo contra aquellos que, como ella, buscaban el respeto a sus derechos, incluido, como toda persona, el de la identidad sexual; esto es, “el derecho a que el sexo consignado en su registro civil coincida con la identidad sexual de género efectivamente asumida y vivida”.
Eso implicó, para las autoridades y los servidores públicos, la prohibición de establecer obstáculos para corregir el sexo en el registro civil y los demás documentos con los que los colombianos pueden realizarse y llevar una vida plena.
Hasta ese instante, las barreras culturales impuestas por una sociedad que se negaba y perseguía la diversidad sexual se expresaban legalmente. El Decreto-Ley 1260 de 1970, modificado por el Decreto 999 de 1988, que regula el registro civil de las personas, no contemplaba la alteración por cambio de sexo. Sólo admitía su corrección por “errores diferentes a los mecanográficos y ortográficos mediante el otorgamiento de escritura pública”, función cuya competencia, en manos de los notarios, fue ratificada por el Artículo 617 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso).
La hora del cambio
Fue la acción de tutela el mecanismo al que acudieron los ciudadanos en distintos momentos, la que condujo al pronunciamiento de la Corte Constitucional, mediante Sentencia T-063 de 2015, precedida por las sentencias T-504 de 1994, T-918 de 2012 y T-231 de 2013. Allí se da alcance al principio de dignidad humana y a los derechos al libre desarrollo de la personalidad, la intimidad, la igualdad, la identidad y la libertad sexual y de género, consagrados en la Constitución de 1991.
Esta sentencia derivó, en junio de 2015, en el Decreto 1227, que reglamenta la corrección del ‘componente de sexo’ en el registro del estado civil.
Pero, la batalla por este derecho aún no se detiene. No sólo para remover obstáculos con la oportuna y eficaz intervención de la Superintendencia de Notariado y Registro, sino para ampliar el derecho al cambio de sexo en el registro civil y el documento de identidad de los menores de edad, como lo reconoció la Corte Constitucional en 2018. Así mismo, esta institución falló a favor de las personas transgénero que quieran cambiar su sexo en más de una ocasión, si lo justifican adecuadamente.
Los indicadores
Las cifras de la Supernotariado no mienten. Hay un incremento significativo en el número de ciudadanos que acuden a las 920 notarías del país, para iniciar el proceso de cambio de género en documentos de identidad.
El más reciente informe del Grupo de Inteligencia de Negocios y Estadísticas Institucionales de la entidad indica que, entre enero de 2023 y abril de 2024, un total de 916 personas realizaron correcciones en el campo denominado ‘componente sexo’ del registro civil de nacimiento.
Llama la atención que 641 de ellas (69,97 por ciento) cambiaron de masculino a femenino, mientras que 275 (30,02 por ciento) lo hicieron en sentido contrario, esto es, de femenino a masculino. En cuanto al comportamiento por regiones, el mayor número de trámites de este tipo se presenta en Bogotá, con 172 casos (18,77 por ciento); seguida por Antioquia, con 123 (13,42 por ciento); Valle del Cauca, con 112 (12,22 por ciento); Santander, con 53 (5,7 por ciento); y Boyacá, con 47 (5,1 por ciento).
La SNR realiza una permanente labor de información, para que quienes así lo decidan acudan a las notarías del país y adelanten este procedimiento. El Decreto 1227 del 2015 establece que el interesado debe presentarse ante el notario, con la copia de su registro civil, la copia de la cédula de ciudadanía y una declaración juramentada en la que manifieste su voluntad de realizar la corrección de la casilla ‘componente sexo’.
Entre tanto, la Corte dio vía libre a los menores de edad para que hagan esta modificación, con los mismos requisitos, presentando la tarjeta de identidad y acompañados por sus padres o los representantes legales. La notaría tiene cinco días para elaborar la escritura pública y correr traslado a la Registraduría Nacional del Estado Civil, encargada de la corrección en el documento de identidad.
Para la Supernotariado, es un compromiso de primer orden remover todos los obstáculos y, así, evitar la repetición de historias como la de Diana Navarro e impedir que mueran en el intento quienes quieran gozar plenamente de su derecho a la identidad sexual.