La nueva ley que elimina beneficios para condenados por feminicidio en Colombia

Crédito: Colprensa - Luisa González

31 Mayo 2024 04:05 pm

La nueva ley que elimina beneficios para condenados por feminicidio en Colombia

El Gobierno firmó la Ley 2356 del 28 de mayo de 2024, que elimina beneficios y subrogados penales para los condenados y detenidos preventivamente por feminicidio. Conozca los detalles sobre dicha norma.

Por: Gabriela Casanova

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El Gobierno firmó una ley que elimina beneficios y subrogados penales para los condenados y detenidos preventivamente por el delito de feminicidio. Se trata de la Ley 2356 del 28 de mayo de 2024, una "política de cero tolerancia" hacia la violencia de género, la cual busca asegurar que los feminicidas cumplan con la totalidad de sus condenas en centros penitenciarios.

"Si bien esos beneficios ya estaban severamente restringidos. Ahora se restringen aún más", dijo en una declaración a medios el ministro de Justicia, Néstor Iván Osuna, quien junto con la vicepresidenta Francia Márquez y el presidente Gustavo Petro firmaron esta ley.

De acuerdo con el ministro Osuna, las personas condenadas por feminicidio no tenían ningún derecho a beneficios como salidas de 72 horas después de haber cumplido las dos terceras partes de la pena, pero sí conservaban algunos pocos beneficios que esta ley retira. "Entonces, digamos, va a ser el cumplimiento completo de la pena en cárcel, sin ninguno de estos beneficios que existen en la legislación", explicó.

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Créditos: Colprensa - Luisa González

La nueva normativa establece que, para los condenados por feminicidio simple o agravado, no se concederán: la suspensión condicional de la ejecución de la pena; la prisión domiciliaria como reemplazo de la prisión; "ni habrá lugar a ningún otro beneficio, judicial o administrativo, salvo los beneficios por colaboración regulados por la ley". Tampoco accederán a prisión domiciliaria cuando hayan cumplido con la mitad de la condena y "concurran los presupuestos contemplados en los numerales 3 y 4 del artículo 38B del Código Penal".

Así mismo, la ley aplica a quienes se encuentran en etapa de imputación por el delito de feminicidio, quienes no podrán sustituir la detención preventiva en establecimiento carcelario por una detención domiciliaria.

El ministro Osuna también reveló que el Gobierno está pensando en crear "una especialidad dentro de la administración de justicia" para la atención de casos de violencia de género.

"Incluso hay una reforma constitucional que ya está en curso, que presentaron una bancada de mujeres en el Congreso de la República que nosotros hemos apoyado y que lo llaman 'la creación de la jurisdicción de mujeres'. En términos técnicos, es crear dentro de la Fiscalía y dentro del Poder Judicial un sector específico para investigar y sancionar casos de feminicidio", dijo el funcionario.

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