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Los pasaportes colombianos son uno de los documentos más solicitados por los ciudadanos dentro y fuera del país. Crédito: Archivo.
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Las razones de un tribunal para negar a Portugal la nulidad que pedía en el pleito por los pasaportes: ¿cómo va el caso?

La empresa portuguesa que fabrica parte de los nuevos pasaportes colombianos pidió tumbar el proceso judicial que la Procuraduría abrió contra el contrato, alegando que nunca la notificaron correctamente. El tribunal se negó a hacerlo. Le contamos cómo va el pleito.

Por: Juan David Cano

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó, en decisión del 30 de junio, la solicitud de la empresa portuguesa Imprensa Nacional Casa da Moeda para anular el proceso que la Procuraduría abrió por el contrato de los nuevos pasaportes colombianos.

La imprenta portuguesa argumentaba que nunca había sido notificada como debía ser, al tratarse de una empresa con sede en Lisboa.

La decisión hace parte de una demanda más amplia, presentada en octubre de 2025 por la Procuraduría contra el Fondo Rotatorio de la Cancillería, la Imprenta Nacional de Colombia y Casa da Moeda de Portugal, por presuntas irregularidades en el contrato que reemplazó a Thomas Greg & Sons como operador de los pasaportes.

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La producción y entrega de pasaportes hace parte de los servicios esenciales que garantiza el Ministerio de Relaciones Exteriores. | Crédito: Colprensa

Dentro de ese mismo proceso, la Procuraduría pidió una medida cautelar para suspender los giros de dinero que la Cancillería debe hacerle a la Imprenta según el contrato.

¿Por qué pidió la nulidad la imprenta portuguesa?

El apoderado de Casa da Moeda sostuvo que, al ser una persona jurídica domiciliada en el extranjero, la ley exige notificarla mediante un trámite especial llamado 'carta rogatoria'.

Se trata de una comunicación formal que un juez colombiano envía, por conducto de la Cancillería, a las autoridades del país donde vive o funciona quien debe ser notificado.

Según su versión, en lugar de agotar ese trámite, el despacho judicial intentó notificarla por correo electrónico, lo que a su juicio viciaba todo lo actuado desde el auto que admitió la demanda.

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El pasaporte se puede obtener en las oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores ubicadas en Bogotá o en las gobernaciones autorizadas para ello.

El tribunal reconoció que, en efecto, la ley prevé la carta rogatoria para estos casos, y que el trámite se estaba surtiendo: los documentos ya habían sido traducidos, se enviaron a la Cancillería y, según informó la propia Cancillería el 18 de junio, la embajada de Colombia en Portugal ya había remitido la solicitud a las autoridades de ese país.

Pero el argumento que resultó decisivo para negar la nulidad fue la figura conocida como notificación por conducta concluyente.

En términos concretos, esta regla dice que si una persona o su abogado actúa dentro de un proceso se entiende que ya conocía las decisiones tomadas hasta ese momento, aunque no haya recibido la notificación formal. El tribunal constató que el propio apoderado de Casa da Moeda había contestado la demanda el 27 de mayo, el mismo día en que pidió la nulidad. Por esa razón, concluyó que la empresa portuguesa ya estaba enterada del proceso y que no se había violado su derecho de defensa.

Con esa lógica, el despacho reconoció como apoderado de Casa da Moeda al abogado Felipe De Vivero Arciniegas y ordenó que, a partir de esta decisión, empiecen a correr los plazos para que la empresa portuguesa responda formalmente a la demanda.

Lo que ha pasado con el contrato de los pasaportes

Este pleito judicial es apenas una pieza de una discusión más grande que viene desde hace tres años y se intensificó en abril, cuando arrancó el nuevo modelo de producción de pasaportes en manos del Estado, en reemplazo de Thomas Greg & Sons.

Según reveló previamente CAMBIO, antes de arrancar el contrato la Imprenta Nacional tuvo que rebajar drásticamente el valor de las garantías que debía constituir, de 120.000 millones de pesos a apenas 37.000 millones, porque ninguna aseguradora privada quiso asumir el riesgo de respaldar un contrato manejado por una entidad sin experiencia previa en la fabricación de pasaportes.

Poco después, CAMBIO también reveló el contenido de un acta de inspección que la Procuraduría hizo a la Imprenta Nacional el 23 de abril.

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La Contraloría también emitió un control de advertencia sobre el convenio que suscribió el gobierno colombiano con la Casa de la Moneda de Portugal para la expedición de los pasaportes. Crédito: Gobernación de Boyacá.

Según ese documento, la mayoría de las libretas de pasaporte que estaban llegando al país no venían de Portugal, el socio con el que el Gobierno firmó el convenio, sino de Francia, a través de la empresa IN Groupe.

El convenio solo permitía la participación de un tercero en caso de una emergencia en la planta de Bogotá, situación que no se había presentado, y la Procuraduría no encontró ningún documento escrito que autorizara esa participación.

CAMBIO también reportó que el grupo empresarial al que pertenece IN Groupe está bajo supervisión anticorrupción en Francia, luego de que una de sus filiales llegara a un acuerdo con la fiscalía de ese país por hechos de sobornos y facturación irregular en un contrato de pasaportes en Ucrania.

Ante esas revelaciones, tanto el presidente Gustavo Petro como la gerente de la Imprenta Nacional, Viviana León, salieron a defender el contrato como un modelo de cooperación entre Estados para transferir capacidades tecnológicas al país, y no como una compra de pasaportes a un tercero.

Con todo, la Procuraduría mantiene en curso la demanda que dio origen a este caso. Además existe otra acción independiente, una acción popular presentada por Nicolás Dupont Bernal, que también está en manos de la justicia administrativa.

Con la nulidad ya negada, el proceso sigue su curso. Ahora corre el plazo para que la imprenta portuguesa conteste la demanda y para que el tribunal decida si suspende, o no, los giros de dinero del contrato de los pasaportes.

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