
¿Y si la JEP no existiera? Un precio que no deberíamos arriesgarnos a pagar
Colombia ha logrado entender en los últimos ocho años que el anhelo de alcanzar una paz estable y duradera implica ir mucho más allá de lo que expresa un eslogan. Es un horizonte que requiere, entre otros asuntos, darle un lugar preponderante a la justicia. De ahí que se haya creado en 2018 la Jurisdicción Especial para la Paz, por cuenta de una profunda necesidad constitucional, pues el componente de justicia no es un adorno del posconflicto, sino la pieza judicial del Acuerdo Final de Paz: es el escenario de rendición de cuentas que cimenta aquella paz estable y duradera.
Los resultados de esa apuesta, los que la labor de la JEP ha ido arrojando desde su inicio, ya no admiten el cómodo refugio del escepticismo. La justicia transicional colombiana ha dejado de ser una promesa y sus objetivos se han traducido en soluciones tangibles frente a las limitaciones de la justicia ordinaria. Basta ver las cifras: 15.753 víctimas individuales y más de 439 colectivas participan hoy en diferentes procesos y espacios de la Jurisdicción; 337 comparecientes han sido imputados hasta el momento como máximos responsables de los crímenes más graves del conflicto armado; 11 macrocasos avanzan con decisiones de fondo; y ya han sido confirmadas las primeras sentencias con Sanción Propia. Son resultados que, además, tienen el mérito de haberse obtenido garantizando el principio de centralidad de las víctimas y la seguridad jurídica de los comparecientes.
Pero el mayor logro de la JEP no puede medirse en estadísticas. Su verdadera contribución está en todas y cada una de las etapas del proceso. Dentro de la Jurisdicción llamamos a esto el “continuo restaurativo”, un enfoque que no solo nos lleva a comprender qué pasó, sino también a dar una respuesta efectiva a las víctimas y a desentrañar los crímenes dentro del conflicto. De esta forma, hemos podido entender la dimensión del complejo fenómeno de la macrocriminalidad de la guerra en Colombia, reconstruyendo patrones criminales, jerarquías y órdenes, lo cual es el estándar que durante décadas han exigido el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Penal Internacional.
Por todo esto, cerrar la JEP sería un acto de sabotaje constitucional disfrazado de firmeza. Recordemos que la paz no ocupa un capítulo ornamental de la Constitución; constituye uno de sus elementos definitorios. El Acto Legislativo 02 de 2017 blindó la estabilidad y la seguridad jurídica del Acuerdo Final, y la Corte Constitucional ha reconocido que el modelo de justicia restaurativa integra la arquitectura constitucional del Estado colombiano. Desmantelarlo no solo fracturaría la confianza institucional y debilitaría las garantías de no repetición; también defraudaría a las víctimas y pondría en un estado de mayor vulnerabilidad sus derechos, incluso las revictimizaría, y afectaría la seguridad jurídica de los comparecientes. Asimismo, enviaría a cualquier futuro proceso de paz un mensaje devastador, porque sería el argumento lapidario de que en Colombia la palabra del Estado puede pesar menos que una coyuntura política.
La dimensión internacional tampoco es un asunto menor. El cierre del examen preliminar de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) en 2021 no fue un certificado perpetuo de buena conducta, sino una expresión de confianza en la capacidad del Estado colombiano para investigar y sancionar seriamente los crímenes más graves dentro del marco constitucional y legal construido tras el Acuerdo Final. Esa confianza no es un sello irreversible, ya que descansa sobre la complementariedad (es decir, el hecho de que la CPI solo actúa cuando la justicia nacional falla o no existe de verdad) y se sostiene mientras las instituciones llamadas a juzgar sigan, efectivamente, juzgando. En ese sentido, cerrar la JEP no archivaría el asunto en La Haya; lo reviviría.
Si Colombia decide vaciar de contenido o clausurar la JEP, no solo pondrá en riesgo el mayor esfuerzo de justicia transicional de su historia. También abrirá nuevos interrogantes sobre el cumplimiento de sus obligaciones internacionales frente a la investigación y sanción de los crímenes más graves. Perdería, además, algo todavía más difícil de reconstruir que cualquier institución: la credibilidad de la palabra estatal.
La razón práctica enseña que las sociedades no se sostienen únicamente sobre la fuerza del derecho, sino también sobre la confianza en que las reglas sobrevivirán incluso cuando cambien los gobiernos. Defender la JEP no significa defender una institución por sí misma. Significa defender la decisión, quizá la más difícil y madura que ha tomado nuestra república en décadas, de enfrentar su pasado con verdad, con justicia y con la convicción de que ninguna paz duradera puede edificarse sobre el olvido.
Camilo Andrés Suárez Aldana
Magistrado del Tribunal para la Paz de la JEP
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