J. J. Gori Cabrera
17 Diciembre 2023 03:12 am

J. J. Gori Cabrera

ESQUIVO ESEQUIBO

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La disputa por el Esequibo tiene ribetes de las miniseries de Netflix: breves y atractivas como minifalda y con la extensión suficiente para cubrir el misterio. La temporada se inicia en 1887. Los británicos incursionan en la Guayana Esequiba y Venezuela patalea y les suplica a los Estados Unidos que apliquen la doctrina Monroe (“América para los americanos”, i.e., para los EE. UU). Logran que se envíe la “Nota Cañón de 22 Pulgadas”. Un ácido lord Salisbury, primer ministro británico, manda a decir que la doctrina Monroe “no aplica”, y ahí fue Troya.  En últimas, los británicos aceptan un tribunal de arbitraje con angloamericanos.

El siguiente episodio presenta a los cinco miembros del tribunal creado por el Tratado de Washington de 1897. Dos son británicos, dos son estadounidenses, y el quinto y presidente del tribunal es un ruso nacido en Estonia. Es Fiódor Martens, un reputado internacionalista (la cláusula Martens lleva su nombre). Aunque posee una trayectoria impecable, será el malo de la película, pues deja traslucir que considera que el mundo civilizado debía gobernar a los semisalvajes. Lejos estaba de imaginar que en el siglo XXI los semisalvajes gobernarían el mundo civilizado. En aquellos tiempos se nos consideraba como bananeros con olor a trópico. 

El 3 de octubre de 1899 el tribunal dicta por unanimidad el laudo de París, que adopta como frontera entre Venezuela y lo que hoy es Guyana una línea que ya era conocida: la línea Schomburgk, propuesta en 1835 por el agente británico de ese nombre.  La región del Esequibo era codiciada por su riqueza en minerales, pero hoy en día las perspectivas son de los yacimientos petrolíferos en las aguas. Es el nuevo derecho del mar el que le otorga derechos inmarcesibles de explotación a quien posee la costa. Este es el meollo de la cuestión, pues la región la ganan los británicos y la hereda Guyana.
 
Tras el laudo, Venezuela siente que ha sido objeto de un despojo. El siguiente episodio ocurre en 1962, seis décadas después. Venezuela denuncia ante la ONU que el laudo es nulo e írrito. La prueba reina es un memorando póstumo dictado a un colega por uno de los abogados y divulgado en 1949, luego de su deceso, en el que relata que Martens presionó a los árbitros para que favorecieran a los británicos.
 
Saltamos a 1966. El Reino Unido firma con Venezuela el llamado Acuerdo de Ginebra, y Guyana se independiza.  Este pacto establece los mecanismos para atender la contención de nulidad. Viene entonces un largo período de buenos oficios de sucesivos representantes personales designados por el secretario general de la ONU, todos infructuosos. Cuando la temporada parece llegar a su fin, se firma en 1970 el Protocolo de Puerto España, que hiberna por 12 años todo el andamiaje. Tras el receso prosigue otra tanda de negociaciones estériles y la riqueza petrolífera agita la cuestión. Al final, en 2018 el secretario general de la ONU aplica la facultad que le confiere el tratado y designa a la Corte Internacional de Justicia para que falle sobre la presunta nulidad del laudo. 

Venezuela alega que deben agotarse uno a uno todos los mecanismos previstos en la Carta de la ONU para la solución de controversias. Se trata de una de esas contingencias que se acercan a la eternidad. Por ejemplo, las negociaciones entre Colombia y Venezuela por la delimitación marítima, la valiosa carga del galeón San José o el regreso del Tesoro Quimbaya.
 
El 18 de diciembre de 2020 la CIJ se declara competente para resolver de fondo sobre la pretensión de nulidad. La carga de la prueba le corresponde a Venezuela; y es bueno recordar que en el orden internacional los tratados, fallos y laudos se cumplen, pues de ello depende el equilibrio mundial.
 
El simulacro de referendo del 3 de diciembre de 2023, organizado por el presidente venezolano Nicolás Maduro, rebotó con efecto bumerán. Fue un tiro en el pie. Sorprende que haya pronunciamientos de dirigentes timoratos que recomiendan adoptar medidas de distensión, pues Guyana no ha provocado alteración del statu quo acordado en el Acuerdo de Ginebra de 1966. Es como solicitarle distensiones a quien se defiende de una violación.
 
La disputa está restringida al alegato de nulidad del laudo. En abril de 2024 Venezuela tiene que presentar su contramemoria a la CIJ. No se fallará una disputa territorial y esto explica que el régimen de Maduro haya optado por materializar sus reclamaciones y desatender así una orden de la CIJ en el sentido de que las partes debían abstenerse de cualquier acto que agrave la situación. La actitud de Maduro revivió espectacularmente la doctrina Monroe, dado el interés estratégico de los Estados Unidos y el económico de sus multinacionales, y Guyana recibió una avalancha de apoyos en el continente.
 
Aunque se declare la nulidad del laudo ello no significa necesariamente que el límite se revise, pues las fronteras pueden adquirir vida propia. Nacería una segunda controversia. Por ello quizás Maduro acudió a una ley de Murphy para abogados, que reza que cuando se tenga el soporte legal, hay que alegar el derecho; si el soporte son los hechos, hay que invocarlos; y si ni el derecho ni los hechos sirven de sostén, hay que vociferar.
 

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