
¿Es inconstitucional la decisión del Consejo Nacional Electoral?
El presidente Petro durante la alocución en la noche del martes.
¿Qué significa el llamado del presidente Petro a la movilización y en simultánea ordenar a la fuerza pública no atacar a la población civil? Análisis de CAMBIO.
Por: Armando Neira
La fuerte discusión política en Colombia tiene hoy múltiples preguntas precisas que, a su vez, generan contradictorias respuestas: ¿La decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre el presidente Gustavo Petro por, presuntamente, haber violado los topes de financiación durante su campaña electoral en las elecciones presidenciales de 2022, es inconstitucional? ¿Este organismo debió remitir el asunto a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes? ¿Cuál es el alcance del llamado al pueblo para que se movilice, hecho por el presidente y en simultánea ordenar a la fuerza pública que no ataque a la población civil?
A pesar de que estos interrogantes caldean el debate, en el CNE predomina un ambiente de tranquilidad. “Nosotros actuamos en derecho y no al ritmo de las redes sociales”, le dijo a CAMBIO su presidente, César Lorduy.
Para él, la discusión está saldada por las sentencias de la Corte Constitucional y los cuatro pronunciamientos hechos este año por parte del Consejo de Estado, en los que se reafirma la competencia del CNE para investigar posibles violaciones a los topes de financiación en la campaña presidencial del actual mandatario.
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