¿Letra muerta? Cabildo de Ipiales se niega a cumplir un histórico fallo contra el machismo en la justicia indígena

Magali Cisneros.

Crédito: Cortesía.

16 Noviembre 2023 06:11 am

¿Letra muerta? Cabildo de Ipiales se niega a cumplir un histórico fallo contra el machismo en la justicia indígena

Hace siete meses, la Corte Constitucional dictó una sentencia histórica: les advirtió a las autoridades de la justicia indígena que no pueden consentir la violencia contra la mujer. Sin embargo, la protagonista de esta historia, Magali Cisneros, le explicó a CAMBIO que la justicia indígena no solo no ha dado ni un solo paso para cumplir la sentencia, sino que los responsables no quieren acatar el fallo.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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“Yo llevo mi cruz encima. Espero que hagan una Asamblea y limpien mi nombre, mi honra. Estoy acaba espiritualmente, ya no soy la misma. No tengo acompañamiento psicológico. Yo tengo que llorar. Estos hombres nos han perseguido. Yo trato en lo posible de no encontrarlos, pero cuando me encuentran, se me burlan”. Las palabras son de Magali Cisneros, una comunera del Resguardo Indígena de Ipiales, Nariño, protagonista de un proceso judicial que llevó a que la Corte Constitucional emitiera hace siete meses una sentencia histórica, que señala que la justicia indígena no puede tolerar la violencia contra las mujeres.

La sentencia, sin embargo, está lejos de hacerse realidad.

El caso de Magali Cisneros se remonta al 23 de enero de 2022. Ese día, el cabildo citó a la comunidad para elegir a su enlace con el programa Más Familias en Acción. La reunión terminó en varias disputas y alegatos. La elección, autoritaria y dirigida, calentó los ánimos. Una madre indígena con bebé en brazos pidió hablar. Al no ser escuchada, intentó acercarse a los miembros de Cabildo para romper el acta de la asamblea. Hubo empujones y otras mujeres fueron a defenderla.

Una de ellas era, precisamente, Magali, de 45 años. En la sesión se tiraron sillas y a un padre enlace lo sancionaron con tres latigazos por los desórdenes. Al día siguiente, varios grupos de apoyo a las mujeres hicieron una protesta frente al cabildo. El 11 de febrero, Magali fue llamada por el Gobernador para que compareciera. Ella no firmó la citación y al día siguiente fue informada de que había sido sancionada a azotes por los disturbios.

La sanción, que desde entonces calificó como una persecución política, se volvió un castigo de arrepentimiento. Varios comuneros la hicieron arrodillar y pedir disculpas, sin debido proceso; una humillación, dice Magali, por la cual aún espera ser reparada.

Tras un proceso largo de tutela, el caso llegó hasta la Sala Plena de la Corte Constitucional, la cual, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, emitió a finales de mayo de este año el fallo a su favor.

La sentencia completa, no obstante, se conoció a comienzos de octubre, debido a que la Corte primero comunica sus decisiones y luego termina de ajustarlas a lo debatido en Sala Plena y firma las decisiones. Aunque las autoridades del Cabildo de Ipiales conocen la sentencia, nada ha pasado.

Al contrario, Magali denuncia persecución en su contra y del sector que la acompaña, en una puja que tiene un trasfondo electoral y político fuerte, pues las autoridades indígenas que la hicieron arrodillar –y que, según la Corte, le vulneraron sus derechos al imponer una sanción sin las mínimas garantías–, ahora buscan reelegirse en el poder del Cabildo de Ipiales.

¿Qué dice el fallo?

La decisión es clave porque dice que el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias, contemplado tanto en la ley colombiana como en mandatos internacionales, aplica para todas las mujeres. Por eso, no es posible decir que unas sí tienen ese derecho y otras no, por pertenecer a una comunidad étnica. En todo caso, no se trata de un traslado automático de la concepción occidental de violencia, dice el fallo, sino de un deber de armonizarlo con las costumbres indígenas.

La conclusión general es que hay un delicado equilibrio, pero que tampoco cualquier conducta está inmune bajo el argumento de que hay una protección étnica. Por eso, la Corte le fijó un límite nuevo a la autonomía de las autoridades de los pueblos indígenas que antes no existía: la prohibición de cualquier forma de violencia contra la mujer.

“Sería inadmisible concluir que, en el marco de la Constitución y de las normas que integran el bloque de constitucionalidad, ciertas mujeres tengan acceso restringido a una vida libre de violencias. En esta medida, reafirmó que el derecho propio de las comunidades indígenas no podrá vulnerar dicho derecho a tener una vida libre de violencias, al ser tal un mandato derivado de la igualdad y la no discriminación”, dice ese fallo.

La decisión dice que los derechos al debido proceso, a tener una vida libre de violencia de género y a la libertad de expresión fueron violados por el cabildo de Ipiales, que entonces lideraba Carlos Hualpa, quien el pasado 29 de octubre fue elegido concejal de esa ciudad por el Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia, AICO, y quien es uno de los integrantes de la Corporación de ese Cabildo de 2022 que busca reelegirse. El fallo, además, dio un plazo de 30 días para crear un espacio entre la comunidad para examinar lo sucedido y el tema de las garantías judiciales de las mujeres, a fin de buscar recomendaciones parar superar las brechas.

La idea es que lo que allí se discuta se lleve a una asamblea general en la que se tomen medidas de fondo para evitar que lo que pasó con Magali se repita.

El choque

Magali Cisneros y Paola Pinchao de la OITP

Hasta el momento, ese cambio histórico que involucra a todas las autoridades indígenas del país, está en el papel, especialmente en el caso de Magali, quien hace parte de la Organización Indígena del Territorio de los Pastos (OITP), que se enfrenta políticamente con AICO. El 11 de septiembre pasado, Magali y sus compañeras participaron en un proceso de socialización de la sentencia que organizaron en Ipiales, al que acudieron mujeres de varios municipios de Nariño, reclamando el fin de la violencia, pero no solo física, sino también política, en el que exigieron cerrar brechas de género en el interior de las comunidades, para el reconocimiento de los liderazgos femeninos.

“Los gobernadores no dicen nada. Entre ellos dicen que tienen que buscar mecanismos o cosas así para tenernos sometidas a las mujeres. Nosotras salimos a medios y el gobernador arremetió diciendo que tienen que reunir a todas las autoridades para que se apele eso (la sentencia). Seguimos siendo estigmatizados”, señaló Magali. Paola Pinchao, quien trabaja con ella en la parte jurídica, dijo que desde que salió el comunicado de la Corte a finales de mayo, lo que las autoridades han hecho es desprestigiar los procesos adelantados.

“Ellos reunieron a los gobernadores del territorio de los Pastos y nos amenazaron, nos dijeron que estábamos dañando la comunidad. Y con el escrito que salió (el fallo completo), ellos siguen con su terquedad”, indicó. La situación, no obstante, se agudizó con las elecciones regionales y las elecciones de las autoridades del Cabildo para 2024, que están en marcha y que deben definirse antes de que termine el año.

El 4 de noviembre ocurrió una situación particularmente grave. En Asamblea, algunas voces llegaron a sugerir que a Magali se le aplique un proceso sancionatorio por una supuesta falta grave que puede terminar en una inhabilidad de 10 años. Esa sesión fue calurosa. Comuneras que fueron autoridades salieron a cuestionar a Magali por supuestamente no respetar las decisiones tomadas bajo sus usos y costumbres y el exgobernador Carlos Hualpa dijo que no es cierto que se le haya hecho una persecución a Cisneros, sino que indicó que lo que se hizo entonces fue aplicar los usos y costumbres. Y aseguró que, según expertos consultados por ellos, la decisión pasaba por encima de la justicia indígena.

Magali, que insiste en que se vulneraron sus derechos y que la sentencia la respalda, llegó a la sesión en la que pedían que la inhabilitaran por radicar una petición al Cabildo para que se cumpliera el fallo, logró defenderse entonces. “Como yo frentié el caso no se atrevieron a decirme nada. Ahora, quieren nombrar de gobernador a quien con nosotros fue abusivo. El gobernador suplente lo eligieron el lunes (13 de noviembre) y quedó uno de ellos”, dijo Cisneros.

En los días por venir, se debe terminar de alistar la terna de personas de la cual saldrá el Gobernador de 2024 y Magali anunció en CAMBIO que radicará una petición ante el Ministerio del Interior para que se garanticen elecciones transparentes y evitar que, si llegan los mismos, eventualmente sea sancionada.

Entre tanto, Magali ha tenido días difíciles que a veces terminan en llanto por lo que considera una injusticia. Teme incluso por su vida y su seguridad, ha puesto denuncias en la Fiscalía y en la Procuraduría y va en su propio camino para superar lo que denomina una humillación que no olvida. “Yo no voy a tener una reparación espiritual, a mí me acabaron mi sentir, mi modo de ser. Yo siento rabia, lo que nunca había sentido. Los miro a ellos y yo es a llorar. Yo tengo que llorar, tengo que expresar, tengo que desahogarme”, relató.

¿Qué dice el gobernador?

Armando Cuastumal, actual gobernador de Resguardo Indígena de Ipiales y quien para 2022 era gobernador suplente, le dijo a CAMBIO que, en su criterio, este es un tema con un trasfondo político. Alega que el hecho de enero de 2022 que generó todo este proceso no sucedió como fue narrado, que Magali supuestamente incitó a la violencia en contra de la autoridad y reconoció que se le hizo hacer una ‘rendición’, para que se hincara y pidiera la disculpa ante la Asamblea. "La autoridad fue víctima de las mujeres como tal", dijo.

Mientras dice que no supieron defenderse ante la Corte, Cuastumal asegura que supuestamente Magali solo busca sacar provecho político de esta decisión porque ella y la OITP socializaron en campaña la sentencia. “Nosotros respetamos la ley, la norma y la Constitución de 1991. Cuando ya la (Corte) emite un concepto, ya no solamente implica al Resguardo de Ipiales, implica a todos los cabildos del país colombiano, entonces ya esa réplica que, si de pronto se puede hacer a la Corte Constitucional, sería de todo el pueblo indígena”, dijo.

Yo quisiera que unos juristas, personal especializado, nos explique qué quiere decir la Corte Constitucional, porque, de lo contrario, nosotros la miraríamos como la quisiéramos mirar”, agrega, e indica que la sentencia no paraliza los llamados ‘usos y costumbres’ o las actuaciones de la justicia indígena para cuando es necesario. 

“La mujer indígena también es agresora, también es una persona que presenta problemas, también es infractora. En el caso de nuestro resguardo, pues hay infidelidades por parte de la mujer, hay deudas que saca la mujer y que no paga y que uno tiene que acudir a citarla, hacerle pagar y sancionarla. Eso no quiere decir que solamente el hombre es infractor”, agregó al señalar que están buscando que se les precise qué se puede hacer y no en materia de sanciones.

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