
Entre diálogos socio-jurídicos y negociaciones de paz: un largo trecho
Nos hemos enterado de un primer acuerdo al que ha llegado el Gobierno y los representantes del Clan del Golfo en Doha, la capital de Qatar, la semana pasada.
Es importante aclarar que solo se trata por el momento de conversaciones dentro del marco de los llamados “diálogos socio-jurídicos”. En ningún caso de negociaciones de paz propiamente dichas.
La distinción es fundamental: las negociaciones de paz son aquellas que pueden llevar a la desmovilización de Grupos Armados Organizados (GAO), o aún de aquellos a los que se les ha otorgado carácter político (como el ELN), y dentro de las cuales se otorgan concesiones mutuas y compromisos concretos que deben cumplirse antes de arribar a los acuerdos de paz que vinculen jurídicamente a las partes.
En cambio, en las conversaciones socio-jurídicas (que es el piadoso nombre que se les adjudica ahora), se trata es de eso: de conversar -con buena fe se supone- pero cuyos consensos están lejos de tener la fuerza vinculante que rodea los diálogos de paz propiamente dichos.
Dentro de las conversaciones socio-jurídicas que se adelantan a la fecha podemos catalogar las que avanzan con los ‘combos’ de Medellín (con ‘balconazo’ en La Alpujarra incluido) y con las bandas de Buenaventura y de Quibdó. Se trata de llegar a consensos humanitarios mínimos sobre la manera de actuar de estas bandas de criminales juveniles, y de cierto trato benevolente de las autoridades hacia ellas.
Esto es precisamente lo que se está haciendo en Doha con el Clan del Golfo: un dialogo socioeconómico. El Gobierno ha aceptado además que se les llame también “grupos gaitanistas”, para gran molestia de doña Gloria Gaitán, heredera ideológica del caudillo sacrificado Jorge Eliecer Gaitán. No le falta razón a doña Gloria, pues entre el ideario de Jorge Eliecer Gaitán y el de los integrantes del Clan del Golfo -que hasta el momento no son más que narcotraficantes puros y duros- hay, obviamente, un abismo.
En ese diálogo de buena voluntad que se informa han desarrollado en Doha el Gobierno de Gustavo Petro y el Clan del Golfo, se ha convenido implementar un programa de erradicación voluntaria en seis municipios de la costa norte antioqueña, un inventario de los niños hoy reclutados por el interlocutor en Doha del Gobierno, y el compromiso de no seguir haciéndolo. El grupo narcotraficante se ha comprometido también a no interferir en el proceso electoral que se aproxima, a colaborar en un programa de desminado humanitario y a respetar el DIH.
Si esto se cumple, sería un buen paso y un peldaño inicial hacia la aclimatación el día de mañana de negociaciones formales de paz con este grupo que es el que más ha avanzado en el país. Su número de militantes a la fecha alcanza 7.551 miembros. Se estima que es el grupo que más ha crecido en número de militantes en Colombia.
Mediante resolución 294, el Gobierno Petro le confirió a este grupo el reconocimiento de GAO, lo que le permite sentarse a la mesa de conversaciones socioeconómicas de Doha y a sus voceros reconocidos la inmunidad frente a una eventual extradición. Este punto resulta especialmente vidrioso pues, recuérdese, ésta es una de las mayores incomodidades que han expresado las autoridades de los Estados Unidos al momento de descertificar a Colombia. El reclamo consiste en que el Gobierno colombiano se ha abstenido en aceptar solicitudes de extradición de quienes están acreditados en las mesas de conversaciones de la Paz Total, ya sea que ellas se adelanten con grupos reconocidos con estatus político, como si hacen parte simplemente de mesas en las que se adelanten conversaciones socio-jurídicas con grupos GAO sin estatus político, como es el caso del Clan del Golfo.
Pero el almendrón de toda esta historia radica en que el país no se ha dotado hasta ahora de una ley de sometimiento. Y mientras esta ley no haga parte del repertorio jurídico vigente es imposible que unas meras conversaciones de buena voluntad como las de Doha se transformen en verdaderas negociaciones de paz. Con vocación de llegar algún día a la desmovilización y a la incorporación a la vida civil de los GAO.
La Corte Constitucional ha sido especialmente clara en este punto. Mediante sentencia C-525 puntualizó que la llamada “política de Paz Total” exigía previamente “una ley de sometimiento” en la que se señalaran con claridad cuáles serían las obligaciones previas de un grupo GAO para hacer el tránsito de las simples conversaciones socioeconómicas al estadio superior de unos diálogos orientados a llegar a un acuerdo de paz propiamente dicho. La Constitucional señaló como inexequible que fuera el Gobierno el que definiera los términos del sometimiento de estas estructuras criminales como el Clan del Golfo, puntualizando que ésta era una facultad exclusiva del Congreso.
Ahora bien: el Gobierno, por desidia legislativa, dejó pasar los primeros tres años de su mandato sin promover una ley de sometimiento. Y ha sido en las últimas semanas que ha corrido a presentar un proyecto de ley en tal sentido que, sea dicho de paso, ha sido muy mal recibido tanto por la Sala Penal de la Corte Suprema, como por la Defensoría del Pueblo, las que señalan que el proyecto gubernamental es muy benigno con los grupos GAO con los que vaya a negociar, pues no dice con claridad cuáles son sus deberes previos, como por ejemplo entregar las rutas del narcotráfico y una parte sustancial de la riqueza que hayan amasado con el tráfico ilegal.
Por todas estas razones, las posibilidades que el Congreso apruebe una ley tardía de sometimiento son pocas. Como pocas son también las de que los afanes de las actuales conversaciones socioeconómicas de Doha lleguen al buen puerto de unas negociaciones de paz propiamente dichas.
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