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Supersalud revocó parcialmente funcionamiento de Compensar en diez departamentos
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A través de una resolución, la Superintendencia Nacional de Salud revocó parcialmente la autorización de funcionamiento otorgada a la EPS Compensar en algunos departamentos del país.
Por: Gabriela Casanova

La Superintendencia de Salud revocó parcialmente la autorización de funcionamiento otorgada a la EPS Compensar en diez departamentos del país:
- Antioquia
- Atlántico
- Bolívar
- Boyacá
- Cauca
- Meta
- Tolima
- Valle del Cauca
- Norte de Santander
- Risaralda
La decisión fue emitida mediante una resolución, a través de la cual la Superintendencia Nacional de Salud informó que hará el reporte de dicha información a la plataforma del Sistema de Afiliación Transaccional (SAT).
Compensar EPS ya había solicitado en 2024 a la Superintendencia autorización para un retiro total del programa de salud por "la compleja situación financiera que atraviesa el sistema de salud en Colombia" que había afectado "considerablemente la viabilidad y sostenibilidad del programa". Sin embargo, la entidad negó la petición y, en cambio, emitió esta restricción.

¿Qué pasará con los afiliados?
Los afiliados serán traslados a otras EPS. Sin embargo, la resolución dicta que, mientras se realicen los trámites para el traspaso, Compensar EPS deberá “garantizar el acceso oportuno y efectivo en condiciones de calidad, oportunidad, accesibilidad, seguridad, pertinencia y continuidad en la prestación de los servicios de salud”.
Además, deberá realizar el pago “de las obligaciones con los prestadores y demás proveedores de servicios y tecnologías en salud por las obligaciones generadas en la prestación de servicios de salud”.
Por su parte, el representante legal de la EPS deberá entregar al Ministerio de Salud y Protección Social, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) y a la Superintendencia Nacional de Salud las bases de datos que contengan la información de los afiliados, entre otras órdenes impartidas por la Supersalud relacionadas con el trámite de traslado de los usuarios.
Una vez se haga el traslado de los afiliados a otras EPS, Compensar tendrá que interrumpir inmediatamente las actividades relacionadas con la afiliación como EPS en los departamentos mencionados. Solo los municipios de Cundinamarca y Bogotá están autorizados para el régimen contributivo de la entidad.
También, la entidad deberá informar a través de su página web las EPS receptoras a las cuales fueron asignados los afiliados, y a los aportantes, su obligación de cotizar a la EPS receptora y la fecha a partir de la cual deben hacerlo.
