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Abelardo de la Espriella en la convención de Defensores de la Patria
Abelardo de la Espriella, candidato presidencial
Poder

La primera batalla jurídica de Defensores de la Patria: claves de la demanda que busca tumbar su personería jurídica

La acción legal sostiene que la vía con la que fue reconocido como partido el movimiento político del presidente Abelardo de la Espriella no está contemplada en la Constitución. CAMBIO consultó a exmagistrados del CNE y expertos en derecho electoral para conocer los alcances de la demanda.

Por: Jonathan Beltrán

El pasado 3 de agosto, en la antesala de la posesión presidencial de Abelardo de la Espriella, el Consejo Nacional Electoral (CNE) reconoció la personería jurídica del movimiento Defensores de la Patria. Sin embargo, apenas un par de semanas después de su creación, el partido del primer mandatario ya enfrenta su primera batalla jurídica.

CAMBIO conoció una demanda presentada ante el Consejo de Estado por la representante a la Cámara Natalia Moreno Puin para tumbar la personería jurídica del nuevo partido de derecha. En su acción legal, la congresista del Pacto Histórico acudió a la Sección Quinta del alto tribunal para solicitar la nulidad de la resolución 3564, emitida por el CNE.

La representante de la bancada de oposición sostiene que, a su juicio, la decisión del organismo electoral habría desconocido el artículo 108 de la Constitución al reconocer como partido a un movimiento que no participó en las elecciones legislativas. Para esa contienda, De la Espriella apostó por respaldar las listas de Salvación Nacional a Senado y Cámara, y su movimiento político no presentó candidatos propios.

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Crédito: Colprensa

Los cuestionamientos parten de una diferencia central frente a los precedentes que utilizó el CNE para sustentar su decisión. La demanda sostiene que los casos de Colombia Humana y la Liga de Gobernantes Anticorrupción no pueden aplicarse de la misma manera a Defensores de la Patria, pues aquellas organizaciones llegaron a la oposición después de perder las elecciones presidenciales, mientras que el movimiento de De la Espriella hace parte del Gobierno que acaba de llegar al poder.

“Aquí hay una aplicación indebida de jurisprudencia, puesto que, el fundamento del CNE no puede ser el mismo aplicado a Colombia Humana, son casos absolutamente diferentes. Uno perdió la Presidencia y necesitaba garantías de oposición; el otro la ganó y hoy es Gobierno”, indicó la congresista de oposición tras presentar su demanda.

Los argumentos de la demanda que busca dejar a De la Espriella sin partido

La representante a la Cámara por Cundinamarca también cuestionó la forma en que el CNE atribuyó a Defensores de la Patria la totalidad de los votos obtenidos por De la Espriella en la segunda vuelta presidencial. La demanda advierte que esa votación también contó con el respaldo de otras organizaciones políticas, entre ellas Salvación Nacional, Cambio Radical, Centro Democrático, Partido Conservador y Partido de la U.

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Crédito: Colprensa

En su acción legal, la congresista advierte que ante esa suma de respaldos no es posible determinar qué proporción de esos sufragios correspondió a Defensores de la Patria. En ese sentido, sostiene que no existe una forma de establecer cuántos de los más de 12 millones de votos obtenidos por De la Espriella en esa elección provinieron directamente de los electores del movimiento del hoy presidente.

“El CNE no puede saltarse la Constitución para otorgar privilegios, financiación estatal y
avales a la fuerza del Gobierno entrante mediante un atajo ilegal. La norma es clara, la
personería jurídica se gana en el Congreso. Permitir esta arbitrariedad rompe la igualdad
de condiciones frente a las demás agrupaciones políticas del país”, se lee en la acción legal. 

La congresista sostiene que el régimen de partidos políticos está sujeto a reserva de ley estatutaria y que el CNE no puede sustituir los requisitos fijados por el Constituyente. Por eso, considera que la decisión de reconocer a Defensores de la Patria sin participación en las elecciones legislativas constituye una extralimitación de sus competencias.

La demanda, que será revisada por la Sección Quinta del Consejo de Estado, también sostiene que la interpretación aplicada en este caso permitiría que el resultado de una elección presidencial termine reemplazando los requisitos previstos para las elecciones legislativas. Para la demandante, la decisión marcaría un precedente para que futuras candidaturas ganadoras busquen acceder a la personería jurídica sin haber competido por el Congreso.

La discusión jurídica sobre Defensores de la Patria que ahora llega al Consejo de Estado

El punto de partida para resolver la disputa está en el artículo 108 de la Constitución. El exregistrador Juan Carlos Galindo explicó a CAMBIO que esa norma establece como regla que los partidos y movimientos deben superar el 3 por ciento de los votos válidos en las elecciones de Senado o Cámara para obtener la personería jurídica. Defensores de la Patria no participó en esa contienda.

Abelardo de la Espriella
Crédito: Colprensa

Sin embargo, el exregistrador delegado para lo Electoral Alfonso Portela considera que existe un vacío constitucional sobre qué ocurre cuando un movimiento obtiene una votación presidencial masiva sin haber competido en las legislativas. A su juicio, ese fue el punto que llevó al CNE a acudir a los precedentes de Colombia Humana y la Liga de Gobernantes Anticorrupción para reconocer al movimiento de De la Espriella.

Esa interpretación es precisamente uno de los puntos que estará en discusión ante el Consejo de Estado. El exmagistrado del CNE Pedro Felipe Gutiérrez considera que los precedentes no pueden trasladarse automáticamente al caso de Defensores de la Patria, porque en las situaciones anteriores se buscó garantizar los derechos de movimientos que pasaron a la oposición después de las elecciones presidenciales.

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Gutiérrez también advierte que existe una diferencia entre el respaldo obtenido en una elección presidencial y el que se exige para conseguir personería jurídica en las legislativas. Mientras en las presidenciales la competencia se concentra en unos pocos candidatos, en las elecciones al Congreso las organizaciones políticas deben enfrentarse entre sí para superar el umbral establecido por la Constitución. “Por eso, una votación presidencial masiva no necesariamente demuestra el mismo nivel de representación política”, insiste.

¿Por qué la decisión del Consejo de Estado puede cambiar las elecciones de 2027?

La representante solicitó al Consejo de Estado suspender provisionalmente los efectos de la resolución 3564 mientras se resuelve el proceso. Si la decisión del CNE se mantiene vigente, Defensores de la Patria podrá acceder a financiación estatal, otorgar avales electorales y utilizar espacios en medios públicos, herramientas que serán clave para construir su estructura de cara a las elecciones regionales de 2027.

Abelardo de la Espriella, presidente de la República de Colombia. Foto: Presidencia.
Crédito: Colprensa

La acción también pide declarar la nulidad de la resolución y ordenar al CNE cancelar las inscripciones derivadas de ella en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos. En caso de que la demanda prospere, Defensores de la Patria perdería la posibilidad de entregar avales propios y competir como partido en las regionales para ubicar a alfiles en gobernaciones, alcaldías, asambleas departamentales y concejos municipales.

La suerte de la personería jurídica de Defensores de la Patria no solo interesa a la oposición. En las filas de partidos de derecha como el Centro Democrático y el Conservador también existe expectativa frente al futuro de la colectividad, pues algunos sectores ven en el partido del primer mandatario un competidor que podría disputarles protagonismo en las regiones con el respaldo y la plataforma política del Gobierno nacional.

En la decisión del alto tribunal, también estará en juego la capacidad del partido para construir una estructura territorial propia antes de octubre de 2027. Con personería jurídica, Defensores de la Patria podrá organizar directorios regionales, consolidar liderazgos y competir directamente por espacios de poder local, lo que podría acelerar la reconfiguración del mapa político de la derecha en las regiones.

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