El cambio climático no da espera: la cruzada de Colombia y Chile ante la Corte IDH
22 Abril 2024

El cambio climático no da espera: la cruzada de Colombia y Chile ante la Corte IDH

El aumento de las sequías y de la deforestación están ligadas al cambio climático.

Crédito: Colprensa.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, escuchará a voceros de 23 países del continente que se pronunciarán sobre el cambio climático por cuenta de una petición que elevaron Colombia y Chile.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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La República de Colombia considera que los Estados tienen la obligación de garantizar que las personas que se ven forzadas a desplazarse debido al cambio climático reciban protección adecuada. Esto implica la necesidad de desarrollar políticas y marcos legales que aborden específicamente la migración climática, brinden apoyo a las personas desplazadas y ejecuten procesos de planificación para garantizar una migración ordenada y segura”.

Son las palabras de Luis Ernesto Vargas Silva, embajador de Colombia ante la OEA, que en un memorial de 78 páginas plantea también las obligaciones que considera que deberían tener los Estados en materia de lucha, adaptación y mitigación del cambio climático, así como reconocimiento al impacto que esto puede tener en las personas más vulnerables: los niños, niñas y adolescentes, las mujeres, los pueblos indígenas, el pueblo raizal y las comunidades afrodescendientes, entre otros.

Esto hace parte de los puntos que el Gobierno expondrá en una audiencia que arranca el martes 23 de abril en Barbados y que fue citada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos luego de que Colombia y Chile le solicitaran al organismo internacional, que dé lineamientos sobre las responsabilidades estatales para responder a la emergencia climática.

El memorial hace énfasis en el desplazamiento que se produce tras las tragedias ambientales y en la migración por un cambio en las condiciones de vida causada por la emergencia climática. Se trata de la realidad que dejó en 2023, según la Defensoría del Pueblo, caso 9.900 víctimas y sobre la cual ya la justicia, como la Corte Constitucional, ha exhortado al Congreso para que dicte reglas claras para atenderla

La consulta que se elevó el 9 de enero de 2024 por los gobiernos de Gustavo Petro y Gabriel Boric pide al organismo internacional, que es el máximo intérprete de la Convención Americana de Derechos Humanos, responder más de 20 preguntas.

En palabras sencillas, la Corte IDH tendrá una posibilidad de pronunciarse sobre qué significan los derechos humanos y las obligaciones de los Estados en esta materia frente al cambio climático, abordando temas como, por ejemplo, los impactos en la movilidad humana, las afectaciones a la salud y a la vida, las pérdidas que sufren las personas (y no solo las económicas), o la producción y acceso de información ambiental relativa a los niveles de emisión de gases de efecto invernadero, la contaminación del aire o la deforestación.

En la petición, Colombia y Chile insistieron en que se deben tener en cuenta las afectaciones diferenciadas de la crisis climática no solo a diferentes grupos poblacionales, sino también sobre personas de diferentes regiones del continente. Ante la magnitud del tema, la Corte IDH decidió en febrero que debían hacerse sesiones públicas que se realizarán en Bridgetown, Barbados, los días 23, 24 y 25 de abril de 2024. La segunda cita será en Brasilia, Brasil, el 24 de mayo y en Manaos, los días 27, 28 y 29 de mayo. Posteriormente, la Corte expedirá una opinión consultiva. 

A las sesiones están citados representantes de 23 Estados de la región como Colombia, Chile, Salvador, Cuba, Guatemala, Haití, Panamá, México y Estados Unidos; más de 38 organizaciones sociales; 14 instituciones académicas y múltiples expertos de todas las nacionalidades, incluso de organizaciones europeas que han pedido participar.  

¿Qué podría pasar en la Corte IDH?

El exmagistrado auxiliar de la Corte Constitucional y profesor Diego González le explicó a CAMBIO que las opiniones consultivas que emite la Corte IDH buscan fijar el alcance de la Convención Americana, o de otros tratados sobre derechos humanos, en los estados americanos. Y si bien no se trata de una sentencia que resuelva un caso concreto, el pronunciamiento tiene efectos jurídicos importantes porque la misma Corte IDH empieza a aplicarlo en los casos que revisa.

“Esta opinión ha generado mucho interés entre actores públicos y privados. Esta es una oportunidad inédita en la región para que la Corte fije estándares que permitan garantizar los derechos humanos, a la vez que fortalezca los esfuerzos públicos y privados para mitigar el cambio climático e impulsar la transición energética en el contexto latinoamericano”, explicó González.

En ese sentido, dijo González, se espera que, con base en esta opinión, los Estados ajusten sus agendas regulatorias de lucha contra el cambio climático en sectores como energía, gas, transporte, urbanismo, financiamiento de proyectos de energía renovable, licenciamiento ambiental y social, entre otros.

Petro y Boric foto Colprensa

¿Refugiados climáticos? Las peticiones que llegaron a la Corte IDH

Chile enfatizó, por ejemplo, en la especial vulnerabilidad de las personas que desplazan o que migran a otros países por el cambio climático porque no solo corren con múltiples riesgos sino porque no tienen el mismo nivel de protección jurídica que sí tienen los refugiados. Por eso, señaló que el término “refugiado climático” aún no cuenta con respaldo del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.

En ese sentido, señaló Chile a la Corte IDH, no solo no hay instrumentos internacionales de protección adecuada, sino que no se aplican los que sí existen en materia de cooperación. Colombia señaló que la falta de un instrumento internacional vinculante que determine de manera clara la protección a estas personas, “no puede ser un obstáculo para el establecimiento de principios generales de protección para esta población migrante”.

Colombia señaló que al menos deberían aplicarse estas reglas: garantizar el debido proceso de la persona mientras se reconoce su condición migratoria, que se garanticen sus derechos humanos –incluido la no devolución, la asistencia humanitaria, la no discriminación, la protección al derecho a la vida y la integridad personal, el acceso a servicios básicos, a atención médica, a educación y al trabajo–, entre otros.

La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) dijo que ante la ausencia de una convención específica para estas personas, la Corte IDH debería enfatizar en su pronunciamiento sobre las obligaciones de los Estados para ayudarlos de acuerdo con la obligación de espetar derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, pero también dando claridad sobre, por ejemplo, si un país le puede poner limitaciones a la libre circulación de personas afectadas que terminan quedando en una situación migratoria irregular.

Entre las 265 intervenciones de países, expertos, organizaciones de derechos humanos e instituciones académicas, hay múltiples temas planteados para que la Corte IDH profundice en estos. Para el contexto colombiano, vale resaltar las afectaciones a comunidades indígenas que pasa tanto a nivel individual, pero especialmente colectivo, sobre sus territorios ancestrales.

La Universidad de Antioquia planteó la urgencia de la participación de comunidades indígenas en los espacios donde se toman decisiones respecto al cambio climático, “puesto que muchas de las medidas que se toman sin tomar en cuenta los contextos y particularidades de estos pueblos tienden a generar efectos contrarios a los deseados y agravan sus condiciones de vulnerabilidad”.

 “Resulta imprescindible incorporación de políticas de género en todos los espacios destinados a desarrollar políticas de cambio climático en comunidades indígenas, en este sentido, ha quedado demostrado que cuando no se incluyen dichas políticas en el desarrollo de proyectos en las comunidades, estos tienden frecuentemente a profundizar las brechas de género preexistentes entre la población”, indicó la universidad

Las comunidades de La Gran Parada, El Rocío y Organización Fuerzas de Mujeres Wayúu de La Guajira relataron a la Corte IDH no solo la escasez de agua local son la variación en los últimos 30 años del microclima, el aumento gradual de la temperatura y cómo eso impacta especialmente a los adultos mayores y a los niños, cuando el calor se sube de 38 a 41 grados. Tras referirse a las empresas extractivas, la comunidad también habló de cómo se impactan las fuentes para su medicina tradicional, los lugares de pastoreo y de siembra y, en general, de su cosmovisión.

“A la Corte Interamericana puedo solicitarle hacer una evaluación de toda la situación que están viviendo las comunidades étnicas acá en Colombia y más que todo acá en La Guajira y parte del Cesar, donde hoy somos víctimas y hay comunidades que han sido revictimizadas por toda la actividad minera, donde los intereses económicos de un grupo están por encima de los derechos de un pueblo”, dice la petición.

Y el resguardo kankuamo apuntó que la Corte IDH debe exhortar a todos los Estados para proteger los territorios ancestrales y el subsuelo y, especialmente, aquellos que constituyen la denominada Línea Negra que es como se conoce a 61 espacios sagrados de los pueblos arhuaco, kogui, wiwa y kankuamo en la Sierra Nevada de Santa Marta y que es objeto de disputa judicial por su configuración y delimitación.

cc

¿Clima estable como derecho humano?

La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, una organización mexicana que opera desde 1998, hizo una de las propuestas más vanguardistas a la Corte IDH: le pidió “reconocer el clima estable y seguro como una faceta de la dignidad humana y, en consecuencia, como un derecho humano, derivado del derecho al ambiente sano”.

Según la asociación el clima hace parte de lo que se entiende por el derecho al ambiente sano, de la misma forma que lo es poder acceder al agua potable, al saneamiento adecuado o al aire limpio. También indicaron que todas las normas que estén relacionadas con derechos humanos se aplican al espectro de las cuestiones ambientales, incluyendo el cambio climático.

Y aseguraron que, en el contexto actual de amenaza, riesgo y daño por los impactos de la emergencia a corto y largo plazo.

“El efecto útil de la Convención Americana se vería seriamente comprometido sin el reconocimiento del clima estable y seguro como un derecho exigible ante sus instancias de control o monitoreo”

De otro lado, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos en Honduras puso su énfasis en la necesidad de respeto por la “autoidentificación de las poblaciones étnico-raciales con perspectiva de interculturalidad” contribuye a combatir la discriminación que impacta de forma directa y desproporcionada a las personas que se dedican a la defensa de los derechos humanos.

Esa entidad, así como los gobiernos de Colombia y Chile y otras organizaciones, pusieron sobre la mesa el rol clave que tienen las defensoras y defensores de derechos humanos en la construcción de la paz y la justicia, por lo que los Estados tienen el deber de protegerlos en cualquier circunstancia. Para Dejusticia, ese mandato incluye que los Estados no creen obstáculos para sus labores como la estigmatización, la criminalización, la amenaza, el hostigamiento o la injerencia arbitraria en la protesta social.

De otro lado, Diana Guzmán, directora de Dejusticia, le solicitó a la Corte IDH que haga una serie de reconocimientos claves a la hora de analizar y exigir las responsabilidades de los Estados en esta materia. Por ejemplo, consideró que se debe conminar a los Estados para que adopten trayectorias de desarrollo bajas en carbono y para que armonicen los mandatos del derecho económico internacional con las obligaciones de derechos humanos y el derecho internacional en materia climática.

Dejusticia también le solicitó a la Corte IDH que reconozca los gases efecto invernadero como sustancias tóxicas, que desarrolle pautas concretas que los Estados deban seguir específicamente sobre la niñez, los defensores del ambiente y activistas climáticos, las mujeres, los pueblos indígenas, la población afro y las comunidades rurales y campesinas, entre otros. El Ministerio de Defensa de la República Argentina también hizo ese énfasis en la niñez:

“Notamos con preocupación la especial afectación que experimentan las niñas, niños y adolescentes a raíz de la emergencia climática. Al respecto, cabe mencionar que las nuevas generaciones constituyen el grupo más vulnerable, en el largo plazo, a los riesgos que el cambio climático ocasiona”, indicaron.

Las empresas

De otro lado, el Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos hizo un recuento de los graves impactos ambientales en las poblaciones locales que dejan proyectos que son considerados de desarrollo como las actividades mineras, citando fallos de la propia Corte Interamericana que lo acreditaron en Ecuador (contra el pueblo indígena sarayaku), en Suriname (contra los pueblos kaliña y lokono), en Honduras o en Colombia en el caso del pueblo indígena uwa.

Ese centro citó las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas que tienen que ver con: integrar la variable de cambio climático en el deber de debida diligencia de todas sus operaciones, promover consultas genuinas con la comunidad, tomar medidas correctivas urgentes en aquellas operaciones que contribuyan a las emisiones de gases de efecto invernadero, entre otros.

La única empresa del continente que se pronunció sobre este debate fue el Grupo de Energía de Bogotá que exaltó a la Corte IDH y a este proceso de consulta como una oportunidad para que se fijen estándares. Según explicó el Grupo, la idea de su participación pasa por defender la tesis de que la agenda del cambio climático no tiene por qué ser una sola, sino que debería variar según las condiciones de cada país y territorio.

Es decir, habla de que la responsabilidad de los Estados por el cambio climático debe ser “común pero diferenciada” ya que no todos, por ejemplo, contribuyen de la misma manera en la emisión de gases de efecto invernadero, porque hay niveles de desarrollo, capacidad de endeudamiento y acceso a recursos diferentes.

Según el Grupo de Energía de Bogotá, “el avance en la transición energética acelerado, desorganizado y desarticulado es insuficiente y, en algunos casos, inconveniente por factores políticos, regulatorios, sociales y económicos”, por lo que las metas globales que se fijen podrían llegar a ser inalcanzables en contextos locales.

En ese sentido, la empresa consideró que la responsabilidad común pero diferenciada implica que los Estados adopten normas para “promover la mitigación del cambio climático y la transición energética justa”, para incentivar el desarrollo de proyectos para la seguridad energética, así como tomar medidas que garanticen el acceso a información veraz sobre la transición energética y la mitigación de cambio climático y planear programas para la transición que incluyan la promoción de la investigación sobre los efectos de medidas asociadas a la mitigación de la crisis.

Estos argumentos, como los de más de 23 Estados y múltiples organismos que trabajan en la defensa de derechos humanos serán escuchados en las audiencias que realizará la Corte IDH y que serán públicas y transmitidas por redes sociales.

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