Exclusivo: Corte dice que había riesgo de fuga de Arturo Char y que su orden de captura no fue "caprichosa"

Arturo Char Chaljub.

Crédito: Redes sociales.

6 Octubre 2023

Exclusivo: Corte dice que había riesgo de fuga de Arturo Char y que su orden de captura no fue "caprichosa"

CAMBIO tiene en su poder la decisión de la Sala de Instrucción del alto tribunal que negó el pedido de libertad del exsenador y mantuvo la medida de aseguramiento en su contra por posible compra de votos. La Corte asegura que el riesgo de fuga se mantiene.

Por: Alejandra Bonilla Mora

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No prosperó el intento del exsenador Arturo Char de revocar la orden de detención que emitió en su contra la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, por presuntamente participar y financiar un entramado de compra de votos conocido como la Casa Blanca, que funcionó por lo menos desde octubre de 2017 en beneficio suyo, así como en el de Aida Merlano Rebolledo y Lilibeth Llinás para los comicios de 2018.

Al estudiar un recurso de reposición que presentó la defensa del exsenador, el alto tribunal reiteró su tesis inicial: que la permanencia en libertad de Char –dado su poderío económico y el hecho de que estaba viviendo en Estados Unidos con su esposa, país de donde es nacional, cuando este proceso ya estaba en marcha en el alto tribunal– le permitiría evadir la justicia si lo quisiera.

Así, la Sala desestimó el argumento de la defensa, que insistió en que el expresidente del Senado no representaba un peligro para el proceso y que no existía riesgo de que no acudiera a los llamados del alto tribunal.  

“La privación de la libertad intramural de Arturo Char Chaljub se estima necesaria, a efecto de evitar que el investigado evada la comparecencia al proceso, y adicionalmente que obstruya el debido ejercicio de la administración de justicia en el recaudo de los medios probatorios pendientes por practicar, sin que una medida no privativa de la libertado resulte con igual nivel de idoneidad para evitar la concreción de los riesgos que procuran precaverse”, dice la decisión, con ponencia del magistrado Francisco Farfán.

Según la Corte, esto se deriva del “ostensible poder económico y político que el sindicado detenta, el cual le permitiría frente a cualquier decisión adversa que llegare a adoptarse, desplazarse de un Estado a otro, como lo hizo desde que tuvo conocimiento de la radicación del proyecto donde se ordenaba abrir en su contra investigación formal”.

"(...) Alta probabilidad de que el investigado establezca contacto directo o por interpuesta persona, con los órganos de la prueba testimonial, con el fin de coordinar sus declaraciones, y posiblemente definir o manipular el sentido de las mismas, por diversos medios"

Además, el alto tribunal enfatiza en que Char sí puede directamente o a través de una tercera persona, tener contacto con los testigos de este caso, “con el fin de coordinar sus declaraciones, y posiblemente definir o manipular el sentido de las mismas, por diversos medios”.

 

“Lo anterior, enfatiza la Sala, si se tiene en cuenta que el procesado en libertad podría nuevamente evadir la acción de la justicia, como se deriva de su conducta procesal previa, teniendo en cuenta además la circunstancia favorable alusiva a que durante varios años ejerció un importante liderazgo político y social como Senador de la República, lo cual le podría permitir, adicionalmente, el despliegue de influencias sobre los testigos y terceras personas, para que se comporten de manera desleal o reticente”, agrega la Corte.

Documento Arturo Char

 

Los alegatos de Arturo Char y la respuesta de la Corte

La decisión que ordenó mantener en detención a Char Chaljub precisa que él, su hermano Alejandro Char, candidato hoy a la alcaldía de Barranquilla, Merlano, Llinás y el empresario Julio Gerlein consolidaron esta estructura delictiva a sabiendas de que se iban a comprar votos y con el fin de lograr la reelección de Arturo Char y que las dos mujeres lograran un escaño en el Congreso.

Ese documento, de 218 páginas, asegura que hay 12 indicios de responsabilidad para esta etapa del caso, que hacía meritorio la imposición de la medida de aseguramiento, teniendo en cuenta además las amenazas que ha sufrido Merlano Rebolledo, principal testigo de cargo contra Char.

En la nueva decisión, la Sala de Instrucción ratifica que existe como prueba un oficio de la cárcel El Buen Pastor, de Bogotá, que dice que la excongresista recibió una visita del abogado Diego Muñetón, señalado por ella como un supuesto emisario de la familia Char.

En ese sentido, la Corte ratificó que la decisión de detención se tomó luego de un juicioso examen probatorio y jurídico: “la restricción de la libertad en el asunto evaluado no se ordenó ni sustentó de manera caprichosa o exenta de fundamentación jurídica razonable, sino con apego en la constatación rigurosa en torno al cumplimiento estricto, no sólo de los requisitos formales y sustanciales para el cumplimiento de la misma, sino también de la necesidad de imponerla”.

La defensa de Char, que adelanta el expresidente de la Corte Suprema José Luis Barceló, apuntaba a que la Corte había hecho un “escrutinio inadecuado de las probanzas, en cuanto a su relevancia y contenido”, que solo se había dado cuento de “hechos periféricos o meramente circunstanciales que no ostentan la solidez probatoria” para la captura, entre otros.

“Se pretende construir la verdad con base en elementos circunstanciales, al margen de lo que las pruebas directas evidencian”, dijo la defensa de Char. Pero la Corte Suprema dijo que esto no es cierto y que, si bien en la decisión se hizo especial énfasis en la complejidad de lo investigado, haciendo referencia al contexto político y a la reconstrucción histórica de los hechos, esto no quiere decir que no haya una valoración sólida.

“Si bien en el presente caso se recolectaron datos que permiten la construcción de prueba indirecta, como allí se expone, ello no significa de ninguna manera que la Sala haya desdeñado en el discurrir de este trámite la búsqueda de prueba directa, y mucho menos que no exista en el sumario prueba directa que incrimine a Char Chaljub, como también existe, y fue puesta de presente como fundamento concurrente de la decisión, al lado de la prueba indiciaria”, dice el documento.

De otro lado, la defensa del exsenador indicaba que el testimonio de Aida Merlano no es creíble, que ella ha incurrido en “ostensibles contradicciones, vacíos e inconsistencias, demostrando incluso intereses personales y ajenos a la verdad fáctica”, y que “padece de un trastorno de personalidad inestable”, entre otros.

Ante ello, la Sala de Instrucción, con la ponencia del magistrado Francisco Farfán, aseguró que lo dicho de Merlano es creíble, y que, además, no es la única testigo ni la única prueba directa que compromete a Arturo Char, sino uno de los medios de prueba que existen.

A su testimonio sobre las reuniones en la Casa Blanca, a sus afirmaciones de que la plata venía de la familia Char, especialmente de Alejandro Char, a través de los contratistas Gerlein y Faisal Cure, entre otros, se añaden las declaraciones dadas por Rafael Antonio Rocha Salcedo, Francisco Rafael Palencia Borrero, Vicente Roger Rosanía Santiago, Adalberto Llinás Delgado, Edwin Rafael Martínez Salas y Evelyn Carolina Díaz Díaz.

“Como ampliamente se expuso en la decisión objeto de recurso, la gran mayoría de las manifestaciones de Aída Merlano Rebolledo encuentran soporte en otros testimonios, así como en documentos (como videos y fotografías), todos ellos incorporados de forma regular y oportuna a la actuación, y que fueron reseñados in extenso en la providencia impugnada”, dice la decisión.

Incluso, la Corte ya ha dicho que, si bien Merlano padece un trastorno bipolar, este fue diagnosticado hace 15 años y no le afecta su capacidad mental, de acuerdo a varios dictámenes emitidos por Medicina Legal, “en los cuales se concluyó, a través de un concepto forense, la ausencia de patologías que alteren el equilibrio mental de Merlano Rebolledo para ser testigo en una actuación judicial”.

Arturo Char

Los testigos

La defensa del exsenador también buscó desestimar las declaraciones de Rafael Antonio Rocha Salcedo, Francisco Rafael Palencia Borrero, Vicente Roger Rosanía Santiago y Edwin Rafael Martínez Salas. Estas personas corroboraron en lo esencial las declaraciones de Merlano Rebolledo sobre la compra de votos. La Corte los considera testigos directos y no de oídas, como pretendía decir la defensa de Arturo Char.

Sobre Rocha, por ejemplo, la Corte insiste en que su testimonio es coherente, que no cae en contradicciones cuando habla de la presencia de Arturo Char y de Julio Gerleín en la llamada ‘Casa Blanca’ a finales de octubre de 2017, fecha en que se habría consolidado este entramado criminal, según los testimonios recopilados.

Rocha fue claro en decir que compartió un espacio delictivo con los mencionados y que, por ejemplo, Adalberto Llinás Delgado, hermano de Lilibeth, era un amigo cercano de Arturo Char, quien habría insistido en que ella fuera la fórmula de Merlano.

“También entrega detalles, basado en conocimiento que obtuvo a través de Vicente Roger Rosanía Santiago y Edwin Rafael Martínez Salas, sobre la manera en que se habría consolidado el acuerdo para impulsar la campaña de Aída Merlano y Lilibeth Llinás, en una reunión con las candidatas, con Arturo Char Chaljub y con Julio Gerlein Echeverría, donde se concertó el reseñado acuerdo político, que valga anotar, aun contra las evidencias, ha venido negando de manera reiterada Char Chaljub”, dijo la Corte.

Según la Sala de Instrucción, tanto Merlano como Rocha hablaron de esa reunión de octubre de 2017 en la ‘Casa Blanca’; mientras que Rocha y Palencia ratificaron las sindicaciones del funcionamiento de la compra de votos y de que se contaba con el soporte político y financiero de sus promotores de Gerlein y de la familia Char.

Así ya lo había considerado la Sala de Instrucción en la decisión inicial en contra de Arturo.

“Además, los asertos de Palencia Borrero y Rocha Salcedo refrendan la credibilidad de lo afirmado por Aida Merlano Rebolledo, cuando señalan que el soporte financiero de su campaña fue su entonces pareja sentimental Julio Gerlein, y el de su fórmula política Lilibeth Llinás fue suministrado por el otrora senador Arturo Char Chaljub, aunque ambas campañas manejaban fondos comunes. Frente a este último punto, no sobra agregar que Rafael Rocha Salcedo aclaró que durante el ejercicio de su función como “coordinador” en la campaña de Merlano, Edwin Martínez (gerente de la organización), le manifestó en repetidas ocasiones que el empresario Julio Gerlein y el senador Char, a través de sus empresas Valorcon y Serfinansa, respectivamente, proporcionaban los recursos para el sustento económico de las campañas”, dijo la Corte entonces.

Con esos elementos, la Sala de Instrucción ahora aseguró que los reparos de la defensa no tienen validez.

¿Por qué Rafael Rocha es testigo directo?

Ante los cuestionamientos de la defensa, la Sala de Instrucción optó por precisar el valor del testimonio de Rafael Rocha quien narró en detalle, en interrogatorio del 27 de septiembre de 2018, cómo se enteró la reunión de octubre de 2017 en la ‘Casa Blanca’-

Rocha iba para una reunión con Merlano organizada por Vicente Rosanía, un amigo suyo que trabajaba con ella, que no se pudo realizar porque ya había una cita previa. El testigo narró que vio personas con armas y un arsenal de escoltas. Ante ello, preguntó las razones y Rosanía le dijo que era por una reunión con Lilibeth Llinás, y Arturo Char, a la que luego llegó Gerlein.

“Dicho fragmento del relato de Rafael Antonio Rocha Salcedo, que en un primer momento consignó en el interrogatorio a indiciado, pero ratificó luego en declaración jurada rendida, y en sus distintas intervenciones procesales, deben asumirse como un solo testimonio constitutivo de prueba directa, que incrimina al exsenador investigado.

Ahora bien, aunque la defensa de Char alega que se habría hecho una valoración errada de otros testimonios, la Sala de Instrucción dijo que el reparo no tiene la fuerza suficiente para revocar la medida de aseguramiento, ni la hipótesis de este caso, que apunta a que Arturo Char habría sido promotor y financiador de las campañas de Merlano y Llinás, dentro de un acuerdo delictivo que implicó el diseño y configuración de una estructura focalizada en la comisión de delitos electorales.

“La aparente contradicción frente la valoración de los testimonios de Evelyn Díaz Díaz y Ana Niebles Torres, en relación con el hecho puntual de una visita que habría realizado Arturo Char a la sede política ‘Casa Blanca’, tampoco afecta de manera de manera sustancial ni trascendente el sentido de la decisión cuestionada, toda vez que la presencia de Char en ese lugar se acreditó con los testimonios de Aida Merlano, Rafael Rocha Salcedo, Vicente Rosanía y Edwin Martínez Salas, y la propia aceptación de tal circunstancia por parte del procesado Arturo Char, durante el desarrollo de la diligencia de versión libre”, dice el documento.

Por último, la defensa de Char dijo que el hecho que Faisal Cure haya admitido que tuvo contratos con Alejandro Char en su administración como alcalde de Barranquilla no quiere decir que por eso financió ese supuesto entramado ilegal.

La Sala de Instrucción precisó que, en este caso, este elemento no ha sido tomado como una prueba en tal sentido sino “como un elemento que corrobora en parte la versión de Aida Merlano, cuando aduce que uno de los financiadores más importantes de su campaña, en esa bolsa de dinero que se conformó para tal fin, fue Faisal Curre, mega contratista de la citada alcaldía”.

Arturo Char, quien alega ser inocente, seguirá preso mientras avanza la investigación.

 

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