
La fiebre amarilla presenta una letalidad del 47 por ciento de los casos.
Crédito: Colprensa
¿El Estado tiene la patria potestad para vacunar a niños? ICBF le respondió al Ministerio de Salud
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El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, indicó que el Estado cuenta con la patria potestad para vacunar a los menores del país como medida de prevención ante la fiebre amarilla. Sin embargo, sus declaraciones han sido cuestionadas por diferentes sectores.

En medio de la alerta epidemiológica por brote de fiebre amarilla en Colombia, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, alertó por las bajas cifras de vacunación de menores de edad en algunos departamentos. En ese sentido, afirmó que el Estado tiene la patria potestad para avanzar en la inmunización de los niños, niñas y adolescentes del país.
“La patria potestad de todos los menores de 18 años está a nombre del Estado. Si hay alguna negación por parte de algún padre o madre para vacunar al niño, intercederá el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Se ha intercedido en casos de este tipo porque, ningún padre se puede negar a que sus hijos sean vacunados”, afirmó el ministro Jaramillo.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Salud, en el primer trimestre de 2025 se registraron 20 muertes por fiebre amarilla. De hecho, la cartera ha enfatizado en que se han presentado múltiples casos en el país en los que menores de 11 años han sido infectados con el virus, en el desarrollo de la alerta epidemiológica emitida por la Organización Panamericana de la Salud.
El Ministerio de Salud ha reiterado que la vacunación es la mejor forma de prevenir nuevos casos de fiebre amarilla tras la identificación de 47 personas infectadas en el territorio nacional. Por eso, la cartera anunció la instalación de 3.000 puntos de vacunación a nivel nacional como parte del fortalecimiento de las medidas de vigilancia, prevención y control para contener el brote de la enfermedad.
¿El Estado tiene la patria potestad de los menores?
De acuerdo con la Ley 57 de 1887 del Código Civil, la patria potestad corresponde al conjunto de derechos reconocidos a los padres sobre sus hijos menores de edad. Sin embargo, la ley enfatiza en que los acudientes de niños, niñas y adolescentes deben garantizar el cumplimiento de sus deberes.

Por otra parte, el Código Civil establece que la suspensión de la patria potestad con respecto a cualquiera de los padres solo se puede aprobar por una instancia judicial en casos en los que se compruebe demencia, afectaciones que impiden la administración de los derechos de los menores y una larga ausencia.
En ese sentido, el Estado no cuenta con la patria potestad sobre los menores de edad, como lo indicó el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. Sin embargo, los padres de familia deben garantizar el acceso de sus hijos a procedimientos médicos que garanticen su bienestar, como es el caso de la inmunización ante emergencia por fiebre amarilla.

El Ministerio de Salud, a través del decreto 309 de 2025, solicitó el respeto por los derechos de los menores de edad para garantizar la defensa de su capacidad de decisión ante procedimientos médicos como la vacunación, siempre que se constate que poseen las aptitudes necesarias para comprender los riesgos y beneficios de la inmunización.
Por su parte, la directora del ICBF, Astrid Cáceres, indicó que la vacunación de menores de edad en el país requiere del trabajo conjunto entre padres y madres de familia y del Estado. Así mismo, realizó un llamado a los acudientes para garantizar el acceso de niños, niñas y adolescentes al derecho a la salud para proteger el desarrollo de su vida plena.
Ministro de Salud respondió a polémica sobre patria potestad de menores en alerta por brote de fiebre amarilla
El Ministerio de Salud reiteró que las declaraciones del ministro Guillermo Alfonso Jaramillo sobre la potestad del Estado para vacunar a los menores de edad fueron mal interpretadas. Según el jefe de la cartera, su iniciativa estaría orientada a garantizar una cobertura superior al 95 por ciento de inmunización ante fiebre amarilla en los municipios con más casos de la enfermedad.
De acuerdo con el ministerio, las declaraciones de Jaramillo correspondían a la importancia de priorizar la vida y la salud de los menores ante cualquier situación de riesgo, debido a que los niños y niñas hacen parte de los grupos poblacionales más vulnerables ante la propagación del virus en departamentos como Tolima, Caquetá y Meta y Putumayo.
“Se hace un llamado a los padres de familia para que respalden las decisiones que los menores adopten respecto a su salud, incluso si dichas decisiones son contrarias a sus creencias, cultura o religión, priorizando de esta manera la salud y la vida de los niños, niñas y adolescentes”, explicó el Ministerio de Salud en un comunicado.

Por otra parte, el ministro Jaramillo insistió en que se denunciarán ante el ICBF y las demás autoridades competentes los casos en los que acudientes impidan el acceso de los menores a la vacunación por fiebre amarilla, para garantizar el cumplimiento de sus derechos y evitar consecuencias letales o secuelas graves provocadas por la infección.
Finalmente, la cartera enfatizó en la importancia de proteger a los menores durante la movilización masiva de familias hacia zonas de alto riesgo epidemiológico durante la Semana Santa. En ese sentido, el Instituto Nacional de Salud amplió la cobertura de vacunación en estos territorios para menores desde los 9 meses.
