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Rodrigo Lara
Puntos de vista

Negociar con delincuentes comunes: ¿una apuesta peligrosa?

La llamada política de “paz total”, una de las banderas del gobierno nacional, eleva un gran número de interrogantes que deben absolverse con precisión por parte de sus más visibles responsables. Después de la radicación del proyecto que modifica la Ley de Orden Público de 1997, que ha servido como marco de diálogo con los grupos armados al margen de la ley, queda claro que, por ahora, la propuesta de paz total se estructura en dos grandes ejes: un proceso de paz con el único grupo armado remanente al margen de la ley, el ELN, y el inicio de diálogos con estructuras criminales sin causa ni origen político alguno.

Los interrogantes principales —y los riesgos grandes para el prestigio del gobierno— surgen respecto de la intención de buscar acuerdos, incluso parciales, con las estructuras criminales, entre las cuales encontramos una miríada de organizaciones, como el Clan del Golfo, las disidencias de las extintas Farc o, incluso, el sanguinario Tren de Aragua, entre tantas.

Algunos dirán que nada de esto es nuevo. Al fin y al cabo, la Ley 1908 de 2018, expedida en las postrimerías del gobierno Santos, creó un marco especial y temporal de sometimiento para las organizaciones criminales y los disidentes de las extintas Farc (GDO y GAO). Lo que sí constituye un cambio radical es la inclusión de las estructuras criminales en la Ley de Orden Público, un instrumento que fue concebido para negociar con actores políticos en armas según los términos de las convenciones de Ginebra y no con delincuentes comunes. Esto nos lleva a preguntarnos: si en un principio se quiso separar jurídicamente el tratamiento de sometimiento de las estructuras criminales por medio de la Ley 1908 de 2018, ¿con qué fin las incluye el gobierno en una ley diseñada para organizaciones armadas de origen político?

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