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Juan Camilo Restrepo
Puntos de vista

Las sorpresas del patrimonio: la paradoja universitaria

El Gobierno ha vendido el impuesto al patrimonio como la manera más eficaz para gravar a los que llama “superricos”. En esta ocasión lo ha establecido para las personas jurídicas (pues para las personas naturales existía de antemano) con la finalidad recaudar fondos para la reconstrucción de la zona golpeada por la ola invernal en Córdoba y en los demás departamentos afectados.

El impuesto al patrimonio no es la vía eficaz para gravar a los superricos. Acaso sea la más equivocada. El impuesto al patrimonio se distingue del de la renta en que, mientras en el primero se grava la riqueza, en el segundo se establece el impuesto a pagar sobre las utilidades obtenidas por el contribuyente. El contribuyente del patrimonio debe pagarlo obtenga o no utilidades. Si no las obtiene, debe desinvertir, o sea, vender parte de su presupuesto para atender su gravamen, o cancelar inversiones proyectadas. Por eso se dice que desincentiva el ahorro y conduce a golpear la inversión.

Por esta razón, la mayoría de los países en el mundo —aún los más progresistas— han optado por prescindir del impuesto al patrimonio y orientarse por otras vías para poner a tributar a los superricos. Según un estudio reciente de la OCDE, mientras en 1990 había 12 países que lo conservaban en 2018, solo tres lo aplican (España, Noruega y Suiza).

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