Ana Cristina Restrepo Jiménez
7 Julio 2023

Ana Cristina Restrepo Jiménez

¿De qué se trata?

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La Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación (FGN) anunció la captura de tres presuntos enlaces de redes de trata de personas: un intendente de la Policía Nacional, un subintendente (r) y un civil reclutaban mujeres en Medellín por medio de promesas relacionadas con el negocio webcam, y las conectaban con miembros de la organización ilegal en Europa. Semanas atrás, durante el Festival Altavoz, en el corral de acceso restringido en el que se convirtió el parque Lleras, la Policía intimidó a un grupo de jóvenes que protestaban contra la explotación sexual: les advirtieron que si insistían en pegar afiches con mensajes abolicionistas, serían sancionadas. Eso sí, a los proxenetas y consumidores nadie los cuestionó.

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Esto sucede en la misma ciudad que planea realizar en Plaza Mayor el evento webcam “más grande del mundo”. Y en el mismo país donde el nuevo Ministerio de la Igualdad y Equidad anuncia una dirección para “garantizar los derechos de las mujeres en actividades sexuales pagas”; es decir, le otorga estatus laboral a la prostitución, lo cual no protege los derechos de las personas explotadas sexualmente sino que les lava la cara a los eslabones de la cadena que prostituye, la cual abarca desde autoridades corruptas hasta proxenetas intocables y políticos que insisten en “regular” un negocio que está vinculado al crimen organizado, como lo acaba de evidenciar la FGN.

Cuatro son los pilares que perpetúan la explotación sexual en Colombia: (1) la falta de claridad en un modelo de tratamiento de la prostitución que permita elaborar e implementar políticas públicas coherentes; (2) la ligereza en el lenguaje por parte de medios de comunicación, políticos, autoridades y demás personas que toman decisiones, quienes usan de manera aleatoria los términos “trabajo sexual” y “explotación sexual” sin sopesar su carga semántica; (3) la instrumentalización del discurso feminista por parte de los sectores más conservadores de la sociedad, que insisten en definir la prostitución como una “decisión libre” precisamente para mantener el yugo del deseo masculino, y (4) la consecuencia de los tres factores anteriores: una zona gris de incomprensión del problema, que no solo legitima la explotación sexual ante la sociedad, sino que invisibiliza los delitos conexos, lo que beneficia a las estructuras del crimen organizado (con luz verde de las autoridades, la clase política y parte de la ciudadanía).

Cualquiera que sea el modelo, un país que proteja los derechos humanos debe entender que las personas sometidas a la prostitución (de manera real, en las calles; o virtual, con el modelo webcam) son víctimas de un sistema de explotación, y no deben ser sancionadas ni por la ley ni por el sistema tributario. No pueden ni deben ser estigmatizadas ni perseguidas, sino atendidas y protegidas.

Existen tres modelos básicos en el mundo para asumir la prostitución en las políticas públicas: prohibicionista, regulacionista y abolicionista. En Colombia, el artículo 213 del Código Penal tipifica el delito de “inducción” a la prostitución (con el debate que suscitan los alcances del verbo inducir). Por su parte, en la Sentencia C-636/09 la Corte Constitucional establece que las autoridades públicas de todos los órdenes deben adoptar “medidas tendientes a evitar su propagación [de la prostitución] y a disminuir los efectos negativos que esta conducta, calificada como degradante para la persona humana, genera en la sociedad”.

¿Esto en qué modelo nos sitúa?

Hace dos semanas, la revista alemana Der Spiegel publicó un balance de la legalización (regulación) de la prostitución: “Violada, olvidada, perdida. / El negocio del sexo es legal en Alemania desde hace veinte años. La ley debería proteger a las prostitutas. Pero fue un error fatal; muestra de ello es la brutal realidad en las calles y en los burdeles” (véase).

Colombia parece negar de qué se trata este problema social…

Un reciente informe del Departamento de Estado de EE. UU. alertó sobre fallas en la judicialización de los casos de trata de personas en Colombia, aun cuando en 2022 afirmó que el Gobierno colombiano cumplió estándares mínimos y demostró algunos esfuerzos serios para la eliminación de la trata.

Es bastante llamativo que ninguna de las publicaciones sobre los prontuarios de los voceros principales de las bandas que buscan acogerse a la paz total en el Valle de Aburrá registren cargos relacionados con trata de personas y explotación sexual: Alias Douglas: concierto para delinquir y secuestro extorsivo; Tom: concierto para delinquir agravado, lavado de activos, porte ilegal de armas y falsedad material en documento público; Carlos Pesebre: concierto para delinquir y homicidio agravado; Vallejo o el Doctor: concierto para delinquir agravado, e investigado por supuestos contactos corruptos en el Ejército para tramitar salvoconductos de armas; el Montañero: homicidio, concierto para delinquir, e investigado por un asesinato en la cárcel; el Saya o Peluco: doble homicidio, concierto para delinquir agravado y tráfico de armas; Alber: concierto para delinquir, y el Abogado: junto a Gustavo Amet Restrepo Ortiz, asistente de un fiscal de la Dirección contra el Crimen Organizado, conspiraba para traficar con información reservada de operativos y órdenes de captura.

Estos miembros de Los Chatas, La Terraza, La Oficina o El Mesa están aparentemente exentos de cargos relacionados con violencias sexuales… ¿O será que la trata y explotación sexual de seres humanos es una contravención menor para las autoridades?

Vale recordar que, tras la captura de Dairo Antonio Úsuga (Otoniel), cabecilla del Clan del Golfo, no solo se reportaron casos de reclutamientos de menores para la guerra, sino también para explotación y otras formas de violencia sexual.

Dado este panorama: ¿es justo elevar a la condición de “actividad sexual paga” (es decir, legitimar en la economía lícita) una conducta que la misma Corte Constitucional define como “degradante para la persona humana”? ¿Cumple la prostitución con los parámetros de trabajo decente de la Organización Internacional del Trabajo? ¿Hasta cuándo la tibieza ante la explotación sexual por parte de las autoridades de Medellín y, ahora, del nuevo ministerio? ¿Dónde queda aquello de “hasta que la dignidad se haga costumbre”?

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