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Jorge Enrique Robledo
Puntos de vista

No al autoritarismo

Sobre la controversia en torno a la consulta, lo primero es reconocer lo legítimo de proponer que se mejoren las condiciones laborales de acuerdo con las realidades sociales y económicas del país. El debate se centra entonces en cómo hacerlo. Y Gustavo Petro, con la astucia politiquera de anticipar la campaña para las elecciones de 2026, le propuso al Senado una consulta popular al respecto, consulta que fue rechazada en votación de 49 a 47 votos siguiendo el trámite de ley.

Ante lo cual Petro, en vez de acatar las Constitución que juró cumplir, arbitrariamente, decidió desconocer su derrota en el Senado y se arrogó ejercer un derecho que no tiene: convocar él a otra Consulta, en una segunda violación flagrante de la Constitución que tiene la obligación de respetar, confirmando su visión no democrática sino autoritaria del ejercicio del gobierno.
Porque la Constitución no ofrece dudas sobre que esa consulta la tiene que aprobar o no Senado. Y está establecido que es el secretario de esa corporación quien certifica el resultado de las votaciones, como lo hizo con el conocido 49-47 votos que derrotó a Petro.

Estipulan también las normas que la legalidad de esa decisión solo puede ser impugnada ante el Consejo de Estado, de acuerdo con el sistema de separación de poderes de Colombia, que no le autoriza al jefe del Poder Ejecutivo –al presidente Gustavo Petro– imponerse a la brava sobre el Poder Legislativo y el Poder Judicial.

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